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Garantizan estabilidad laboral tras descanso posnatal

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La Comisión de Asuntos Municipales acordaron reformar la Ley de la Carrera Administrativa Municipal a fin de asegurar la estabilidad laboral de la empleada municipal, durante el desarrollo del embarazo, descanso posnatal, así como a partir del momento que pone punto final al mismo y marca el inicio del establecimiento de la lactancia materna.

La enmienda en cuestión queda de la siguiente manera: “Artículo 1: incorpórese el artículo 59-A. ‘Art. 59-A. Desde que comienza el estado de gravidez, hasta que concluyen doce meses contados a partir del descanso post-natal, se garantiza la permanencia del cargo o empleo a las mujeres funcionarias o empleadas comprendidas en esta ley; en consecuencia, no podrán ser destituidas, despedidas, suspendidas o rebajadas de categoría, el periodo antes expresado se denominará periodo de fuero por maternidad’ ”.

La reforma va en línea con la reforma realizada al Código de Trabajo en el 2018 que regulaba el mismo caso sobre la estabilidad laboral después del descanso posnatal.

En el dictamen se establece que es necesario incluir disposiciones que amplíen la protección que tienen las madres trabajadoras contra el despido, más allá de la etapa de la licencia por maternidad; es decir, que la protección debe extenderse a un determinado período después de la reintegración de la trabajadora a sus labores, con la finalidad de generar condiciones favorables que garanticen la manutención de ella, la de su hijo y su desarrollo, sobre todo en los primeros meses de vida que son tan importantes para la salud del recién nacido.

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