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Fundación para el Debido Proceso encuentra fallos en reglamento de FEDAES

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La Fundación Para el Debido Proceso (DPLF) publicó un informe analizando el Reglamento Especial de la FEDAES para la elección de candidaturas a la Corte Suprema de Justicia, en base a los estándares internacionales aplicables. Según DPLF se han encontrado con deficiencias y retrocesos respecto al reglamento anterior

Una de las observaciones realizadas es que el Reglamento no contiene un perfil para evaluar la moralidad y competencia notorias de candidatos/as. Asociaciones de abogados no deben declarar cómo eligieron candidato, así también, no se les exigen constancias ni solvencias, sólo se les pide declaraciones juradas.

Agregan que existe una ausencia de un parámetro normativo sobre los méritos de los/as postulantes. Explican que FEDAES no cuenta con un parámetro normativo que regule los aspectos sustantivos del perfil de las candidaturas (moralidad y competencia notorias), y que se limitara únicamente a verificar los mínimos establecidos en la Constitución y en la Ley del CNJ, como la nacionalidad, edad, profesión de abogado, etc.

Entre las recomendaciones realizadas están el publicar de manera inmediata, las hojas de vida y la totalidad de los documentos presentados por las asociaciones de abogados para acompañar las candidaturas propuestas. Así también, solicitar a las personas candidatas que han sido elegidas, o a las asociaciones de abogados que las propusieron, que presenten la totalidad de certificaciones que se mencionan en la Declaración Jurada a que se refiere el literal h) del artículo 30 del Reglamento Especial.

Por último, luego de la jornada de votación, organizar un foro académico con las candidatas y candidatos elegidos, para reflexionar sobre las líneas jurisprudenciales presentes de la CSJ y las corrientes del pensamiento jurídico que ellas reflejan.

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