Legal
FGR propone modificar delitos informáticos
El Fiscal General de la República, Rodolfo Delgado, se apersonó a la Comisión de Seguridad y combate a la narcoactividad de la Asamblea Legislativa para presentar sus propuestas de reformas a Ley Especial Contra Delitos Informáticos y Conexos (LEDIC).
El fiscal general propuso la modificación de once artículos de la normativa, entre los que se encuentra la adición de nuevos delitos, y la extensión de algunos ya estipulados. Entre las modificaciones está el modificar la tipificación de la estafa y fraude informático; así también, la creación de un nuevo artículo para agregar la falsedad de documentos y firmas.
Una de las observaciones que propone la FGR es al artículo 10, para dar asistencia a los usuarios que sufren vulneraciones a los datos privados registrados en bases del sistema financiero
Por otro lado, Delgado explicó que al artículo 13, relacionado con el hurto por medios Informáticos, se le debería agregar un inciso segundo. Mientras que al artículo 24, que trata sobre la utilización de datos personales, se debería integrar un inciso tercero con el que se garantizaría que los datos personales estén debidamente resguardados.
Referente al artículo 26 A, que trata sobre el secuestro de sistemas, programas o datos informáticos, el fiscal solicitó modificar el primer inciso; mientras que del artículo 28 A, que se refiere a la seducción de niños por medio de las tecnologías de la comunicación, el fiscal propuso definir el término de “seducción” en el artículo para evitar que los procesos penales queden de una manera ambigua.
Además, en ese artículo debería de estar incluidas las personas con discapacidad, así como en el artículo 28 B, que trata sobre el intercambio de mensajes de contenido sexual con niñas, niños, adolescentes por medio de las tecnologías de la comunicación y en el 28 C, cuya temática es sobre la extorsión sexual de niños por medio de las tecnologías de la comunicación.
A la vez, Delgado indicó que debería ampliarse una especialización al personal de la Unidad de la investigación de los delitos informáticos, basados en los artículos 35 A y 35 B.