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Facilitan obtención del subsidio al transporte público

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La Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley Transitoria para la Entrega de la Compensación Económica y Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros, las reformas se realizaron en los artículos 9, 10, 11, 12, 13 y 22, con el objeto de facilitar el pago de la entrega de la compensación económica.

Con las reformas el subsidio al pasaje del transporte público se transfiera a los permisionarios y no solo a los concesionarios; además, el subsidio deberá realizarse a los diez días hábiles después de haber finalizado el mes de servicio que se trate.

Con las reformas para acceder al pago del subsidio, los transportistas deberán cumplir con los requisitos señalados en el reglamento de esa ley y los señalados en el artículo 7, dentro de los cuales esta el contar con un mecanismo electrónico de control de pago, un sistema GPS y un validador, que permita contabilizar los pasajeros movilizados.

Así también, el concesionario o permisionario vigente del servicio público de transporte colectivo o masivo de pasajeros deberá tener vigente la tarjeta de circulación y deberá brindar el servicio con unidades de transporte cuya edad sea menor o igual a los veinte años.

Según la iniciativa avalada, de comprobar alteración o falsedad en la información o documentación presentada por los concesionarios o permisionarios para gozar de los beneficios de la presente ley, se procederá a la suspensión del goce de la compensación, sin perjuicio de las acciones penales correspondientes.

La suspensión no podrá ser superior a tres meses y una vez vencido el plazo podrán continuar gozando del beneficio.

Esto también se aplicará a quienes no adopten en sus unidades las directrices emanadas del Viceministerio de Transporte, con el objeto de garantizar la seguridad de los usuarios de dicho servicio.

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