Legal
Extienden plazo para reclamar devolución por defectos de funcionamiento
La Asamblea Legislativa aprobó reformar el artículo 33-A de la Ley de Protección al Consumidor para aumentar el plazo para realizar cambios o devoluciones en productos por garantía. La normativa vigente establece un plazo de 30 días.
Con la reforma el consumidor deberá comunicar el defecto de funcionamiento o deficiencia del servicio por cualquier medio que garantice la constancia de su recepción, siempre y cuando este dentro del plazo de vigencia y cobertura de la garantía. Corriendo por parte del proveedor los costos de transporte y devolución de los bienes hasta el lugar en que dicho bien fue entregado al consumidor al momento de la venta.
Se establece que los agentes económicos deberán llevar un registro digital y físico de los bienes adquiridos por el consumidor para que no sea necesario que presente la factura o la garantía del producto, en caso de que exista una inconformidad.
La Defensoría del Consumidor tendrá la facultad de exigir al proveedor de bienes y servicios, a solicitud del consumidor, la entrega de la factura, contrato de garantía u otro documento que ampare su derecho de compra o de garantía; si el proveedor se negare esta se tomará como una falta grave