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Extienden entrada en vigor de Ley de Superintendencia de Regulación Sanitaria

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La Asamblea Legislativa ha aprobado extender el plazo para la entrada en vigencia de la Ley de la Superintendencia de Regulación Sanitaria hasta el nueve de agosto de dos mil veinticuatro.

Según los considerandos de la prórroga, esta decisión se basa en la necesidad de asegurar una transición efectiva y preparar adecuadamente la transferencia de actividades, competencias, funciones y atribuciones hacia la Superintendencia, así como en optimizar su conformación para ejercer plenamente la regulación prevista.

La nueva normativa establece la creación de la Superintendencia Sanitaria como una entidad autónoma en términos financieros y administrativos. Su principal misión será gestionar el registro sanitario de productos, autorizar su comercialización y garantizar su seguridad y calidad.

La Superintendencia contará con diversas intendencias especializadas, como la de Productos Farmacéuticos y Afines, la de Alimentos, Bebidas y Productos Afines, y la Agropecuaria y de Vigilancia, encargadas de supervisar aspectos específicos relacionados con la regulación sanitaria.

La legislación también contempla la transferencia de activos desde instituciones como la Dirección Nacional de Medicamentos, el Consejo Superior de Salud Pública, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Agricultura y Ganadería hacia la Superintendencia. Esto se realiza con el objetivo de asegurar una transición fluida en la supervisión y regulación de los productos sanitarios.

Además, se derogan ciertos artículos de la Ley de Medicamentos relacionados con la creación, atribuciones y estructura de la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM). La Superintendencia asumirá las funciones previamente desempeñadas por la DNM y otras entidades competentes en el ámbito de la regulación sanitaria.

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