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Extienden disposiciones especiales para proyectos turísticos en El Salvador

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Presidencia sancionó extender hasta el 28 de marzo de 2025 las disposiciones especiales y transitorias para la adquisición, contratación y pagos de obras, bienes y servicios relacionados a proyectos de turismo.

Según estas disposiciones, el pago de obligaciones derivadas de los procedimientos se realizará una vez que los bienes o servicios hayan sido recibidos a satisfacción por la supervisión correspondiente. Además, se permiten anticipos respaldados por garantías.

Estas medidas también contemplan la posibilidad de otorgar eficacia retroactiva a los actos administrativos relacionados con adquisiciones y contrataciones, cuando produzcan efectos favorables y no lesionen derechos de otras personas.

La administración pública queda eximida de responsabilidad, limitándose esta a las personas naturales o jurídicas participantes en la ejecución de los proyectos.

Se permite la adjudicación por conexión, priorizando a quienes hayan demostrado capacidad y celeridad en contrataciones anteriores con la administración pública o estén ejecutando proyectos de utilidad pública.

La normativa otorga exenciones fiscales específicas a la administración pública, contratistas y subcontratistas involucrados en la supervisión, planificación, diseño y construcción de proyectos turísticos. Estas incluyen exención del Impuesto a la Transferencia de Bienes muebles y a la Prestación de Servicios, así como exenciones en impuestos, aranceles y/o gravámenes en la importación e internación de materiales y equipos necesarios.

Las disposiciones transitorias permiten a la administración pública realizar adquisiciones, contrataciones y pagos de obras, bienes y servicios relacionados con proyectos de turismo sin seguir la Ley de Compras Públicas durante seis meses.

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