Legal

Exenciones permitidas por el Código Electoral para integrar Juntas Receptoras de Votos (JRV)

Publicado

el

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha habilitado la verificación para saber si la población ha sido seleccionada para integrar las Juntas Receptoras de Votos (JRV) en las próximas elecciones municipales y legislativas. Aunque la participación es obligatoria, el Código Electoral contempla algunas exenciones reguladas en los artículos 118, 119 y 120.

Según el artículo 118, las mujeres embarazadas que se encuentren a término, así como las personas mayores de 70 años, están exentas de conformar parte de las JRV. Además, aquellos ciudadanos que sufran alguna discapacidad física o mental que les impida cumplir con sus funciones también pueden ser excusados. Así también, aquellos que por necesidad tengan que salir del país en el periodo electoral.

El artículo 119 establece que los funcionarios y empleados del Tribunal Supremo Electoral, del Registro Nacional de las Personas Naturales y del Ministerio de Relaciones Exteriores no serán llamados a integrar las JRV. También, los miembros de la Fuerza Armada, Policía Nacional Civil, Cuerpo de Bomberos y empleados del Ministerio de Salud que estén destinados a servicios esenciales durante el día de las elecciones.

En el caso de los médicos y enfermeros del sector público y privado, podrán ser excusados si su participación en las JRV compromete la atención médica a pacientes. Además, los periodistas que acrediten su condición podrán ser eximidos si su participación afecta el ejercicio de su profesión.

El artículo 120 contempla que aquellos ciudadanos que se encuentren fuera del país en calidad de turistas o en misión oficial están exentos de integrar las JRV.

A pesar de estas exenciones, es importante destacar que aquellos seleccionados que sin justa causa se nieguen a desempeñar el cargo o lo abandonen enfrentarán sanciones según el artículo 242 del Código Electoral. La sanción incluye multas que oscilan entre veinticinco y ciento catorce punto veintiocho dólares, además de posibles restricciones migratorias y limitaciones en documentos de identificación.

Click para comentar

Popular

Salir de la versión móvil