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Estudian aumentar alcance de juicios abreviados en materia laboral

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La Comisión de Trabajo y Previsión Social comenzó con el estudio de reformas a los artículos 378 y 425 del Código de Trabajo para aumentar la cuantía que determina el tipo de proceso que llevará a cabo dentro de la jurisdicción laboral.

Las reformas establecen una modificación en la cuantía que serviría como criterio de competencia para determinar el tipo de proceso que deberá seguirse.  En la normativa actual, el monto mínimo para un juicio ordinario laboral es 200 colones ($22.87), pero si el pleno avala la reforma esta cantidad se elevaría a $2,000.

Para determinar la cuantía del proceso, el Código de Trabajo regula que esta se determinará por la suma total de lo reclamado en la demanda; sin embargo, no se incluirá a la suma los salarios caídos, ni las remuneraciones por vacaciones o aguinaldos proporcionales

Consultamos con la Dra. Jenniffer Mejía, especialista en derecho laboral, sobre las diferencias entre un juicio ordinario y uno abreviado en materia laboral, «por ejemplo, el plazo probatorio en los procesos ordinarios es de 8 días hábiles, en los cuales puede ofertarse la prueba dentro de los primeros seis días, y en el caso de los procesos de única instancia el plazo probatorio es de tres días hábiles, y la prueba obligatoriamente deberá ofertarse en el primer día del plazo».

«Por lo que con esta reforma desde que inicia el proceso deberá prepararse todo tipo de prueba que pretenda presentarse en el proceso ya que al momento de dar inicio la fase de la prueba en los días dos y tres se realizará el examen de testigos y la presentación de prueba documental, pericial o técnica», comentó.

Los diputados de la Comisión acordaron convocar a jueces de lo laboral y a representantes del Ministerio de Trabajo para que brinden sus opiniones sobre la propuesta de reforma y conocer la cantidad de demandas que pasan a la etapa judicial.

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