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Esta es la propuesta de CICIES de Rodolfo Parker

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Ayer, el Partido Demócrata Cristiano (PDC), representado por el diputado Rodolfo Parker, presento un proyecto de la Ley de Creación de la Comisión Internacional contra la Corrupción e Impunidad en El Salvador (CICIES).

En el anteproyecto presentado por el PDC se entenderá como CICIES como una entidad nacional y de derecho público, con cooperación técnica internacional incluyendo personal especializado, con autonomía técnica. Teniendo como funciones el procesar y analizar información para prevenir y detectar los actos de corrupción e impunidad; tendrá dependencia y en apoyo funcional de la Fiscalía General de la República.

Sin embargo, sus funciones se enfocarían estrictamente en la administración de los fondos públicos o municipales; ésta no tendrá competencia fiscalizadoras respecto a terceros y al sector privado.

Entre las facultades que tendría la CICIES de ser aprobada la propuesta están:

  • Recibir, analizar, indagar, evaluar y sistematizar la información proveída por cualquier persona natural o jurídica, institución pública o privada, organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales, o cualquier otra institución que revele indicios de actos de corrupción e impunidad.
  • Proponer la acción penal.
  • Asesorar, orientar, proponer y sugerir en el aspecto técnico a la Fiscalía General de la República, en la investigación del delito y de la acción penal en los casos de corrupción e impunidad;
  • Colaborar en las diligencias o acciones necesarias a fin que se garantice la incautación, el decomiso y la restitución del producto de delitos relacionados con la corrupción, impunidad y el manejo indebido de los fondos públicos, así como la indemnización y resarcimiento por daños y perjuicios ocasionados al Estado salvadoreño;
  • Preparar informes semestrales sobre su competencia y desarrollo de la lucha contra la corrupción e impunidad, así como de las actividades y los resultados de las mismas, líneas de trabajo, objetivos y recomendaciones que contribuyan a mejorar su competencia, incluyendo los avances, desafíos y posibles obstáculos detectados en las instituciones públicas con las cuales ha suscrito acuerdos de cooperación;
  • Colaborar con la Fiscalía General de la República y la Policía Nacional Civil, en las diligencias necesarias requeridas para la investigación del delito, así como asesorar en la formulación de la acusación para garantizar el debido proceso, legalidad y la robustez de la acción penal.

La CICIES tendría un periodo de funciones de dos años, y será renovado su mandato por el Órgano Legislativo, con mayoría calificada de los dos tercios de los diputados electos. Estando integrada por tres miembros propietarios y sus respectivos suplentes, los cuales durarán en sus funciones dos años, al renovar el mandato de la comisión éstos podrán ser reelectos en sus cargos, conformada de la siguiente forma:

Un comisionado será designado por el Fiscal General de la República, quien será el representante de la CICIES, un representante de la empresa privada y un representante de las Instituciones de Educación Superior.

El proyecto de Parker establece una serie de obligaciones al Estado de El Salvador para cumplir con la colaboración de la Comisión, el Estado se comprometería a lo siguiente:

  • Garantizar libertad ambulatoria en todo el territorio de El Salvador, la cual no podrá ser restringida por ninguna autoridad administrativa o judicial;
  • Libre acceso, sin restricciones a diferentes establecimientos e instalaciones de las diferentes instituciones públicas, autónomas, semiautónoma, municipalidades, así como a todos los establecimientos penitenciarios y de detención, debiendo garantizar la legalidad y el respeto a las garantías y derechos constitucionales;
  • Libertad para reunirse y entrevistar a cualquier funcionario, servidor o empleado público, O cualquier otra persona que pudiese brindar información útil con fines informativos e indagatorios, así como personal militar y de la Policía Nacional Civil, organizaciones no gubernamentales, municipalidades, o cualquier otra institución pública que maneje fondos públicos;
  • Facultad para acceder a la información, archivos oficiales, bases de datos o registros públicos o cualquier otro tipo de documentación, los cuales podrán ser requeridos a cualquier sujeto O institución señalado en el literal b) de este artículo; no valdrá amparo de la clasificación de información reservada, debiéndose garantizar la legalidad y el respeto a las garantías y derechos constitucionales; y
  • Promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y la lucha contra la corrupción e impunidad, incluida la recuperación de activos.

Sobre el financiamiento de la CICIES, el PDC propone que su presupuesto sea parte del presupuesto de la Fiscalia General de la República, siendo está quien programará anualmente los recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley y el adecuado funcionamiento de la CICIES, debiendo tomar en consideración el anteproyecto de presupuesto que para su efecto presentará el Comisionado o Comisionada de la CICIES; los recursos financieros asignados no podrán ser disminuidos bajo ninguna circunstancia en los posteriores ejercicios fiscales.

Consulte el anteproyecto a continuación: 

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