Legal
Entran en vigencia disposiciones para la sustitución de vehículos utilizados en el transporte público
En una nueva actualización legal, la Imprenta Nacional anunció la publicación en el Diario Oficial, en su edición del 18 de julio, de las Disposiciones Transitorias relacionadas con la sustitución de vehículos utilizados en el transporte público, refrenda de permisos, cambios de concesionarios y permisionarios, ampliación de plazos de contratos de concesión y medidas provisionales en el ámbito del transporte terrestre en El Salvador.
Una de las reformas más notables es la que concede un plazo de dieciocho meses, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, a aquellos concesionarios o permisionarios de unidades que, debido a haber alcanzado los 20 años de antigüedad establecidos por la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, no pudieron realizar sustituciones en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.
Adicionalmente, las disposiciones abordan la situación de vehículos cuyo tiempo de vida útil está dentro de los años mencionados, pero no pudieron refrendar la tarjeta de circulación o renovar el permiso de línea. Estos vehículos ahora tienen la posibilidad de obtener la autorización necesaria para refrendar o renovar los documentos correspondientes. Sin embargo, es importante tener en cuenta que todos estos procesos están sujetos al cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento General de Transporte Terrestre.
En el contexto de cambios de concesionario o permisionario, las disposiciones establecen que las personas jurídicas que reciban la transferencia de vehículos vinculados a una concesión o permiso de transporte público de pasajeros tipo Colectivo tendrán un año para solicitar las modificaciones necesarias en las condiciones autorizadas para el transporte. Esto busca agilizar y facilitar la gestión de estos cambios, brindando a las partes involucradas un plazo razonable para adaptarse a las nuevas circunstancias.
En cuanto al traspaso de concesiones de servicio de transporte público de pasajeros tipo Colectivo, se establece que el Viceministro de Transporte será el encargado de suscribir los contratos de concesión en representación del Estado, por el tiempo restante hasta el vencimiento según lo establecido en la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Vale mencionar que en este proceso no se aplicará la Ley de Compras Públicas.
Para efectuar estos cambios y traspasos, se establece una tasa de cien dólares de los Estados Unidos de América por cada vehículo objeto de traspaso. Dicha tasa deberá ser cancelada en la Unidad de Colecturía del Viceministerio de Transporte.
Las disposiciones permiten al Viceministerio de Transporte otorgar un plazo adicional de dieciocho meses para contratos de concesión cuyos efectos vencerán en el año 2023. Luego de este plazo, las personas jurídicas autorizadas para el cambio de permisionario podrán solicitar la suscripción del contrato de concesión según lo establecido en la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
En caso de necesidad, el Viceministerio de Transporte está facultado para implementar medidas provisionales, como declarar la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros como urgencia nacional, gestionar la adquisición de vehículos, prestar el servicio directamente y asignar permisos provisionales en rutas específicas. Estas medidas provisionales buscan asegurar la continuidad y calidad del servicio de transporte en situaciones excepcionales.