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Entra en vigor la Ley de Agentes Extranjeros: personas y entidades tienen 90 días para cumplir con el nuevo registro obligatorio
Desde este sábado entra en vigor en El Salvador la Ley de Agentes Extranjeros, que impone nuevas obligaciones legales a personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades vinculadas —directa o indirectamente— a intereses foráneos dentro del territorio nacional. La normativa, publicada el pasado 30 de mayo en el Diario Oficial, establece un plazo de 90 días para inscribirse formalmente en el Registro de Agentes Extranjeros (RAEX), que será administrado por el Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial.
Registros obligatorio y declaración jurada
De acuerdo con la ley, los sujetos obligados deberán presentar una declaración de registro bajo juramento, tanto ante el RAEX como ante la Fiscalía General de la República. La inscripción no es opcional: el artículo 6 establece su carácter obligatorio, y su omisión permitirá al Registro emprender acciones legales que pueden ir desde la suspensión temporal hasta la prohibición definitiva de sus actividades en el país.
¿Quiénes están obligados a inscribirse?
La ley abarca un amplio espectro de actores. Se consideran sujetos obligados:
Personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que operen en El Salvador y respondan a intereses de actores extranjeros.
Mandantes extranjeros, incluyendo representantes de gobiernos, partidos políticos, organizaciones internacionales, corporaciones o entidades jurídicas con sede o constitución en el extranjero.
Supervisión, control y fiscalización
El RAEX tendrá la facultad de solicitar cualquier información que considere necesaria para supervisar, fiscalizar y mantener actualizado el registro. Podrá requerir informes según el tipo de actividad, volumen de operaciones y características del sujeto inscrito. Esta vigilancia incluirá la elaboración de informes semestrales, que deberán ser remitidos a la unidad correspondiente de la Fiscalía General, conforme a lo establecido por la Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos.
Posibilidad de exclusión
La normativa prevé que los sujetos obligados puedan solicitar su exclusión de las obligaciones, ya sea por periodos anuales renovables automáticamente, o de forma específica para ciertos proyectos. No obstante, esta exclusión dependerá de una calificación previa del RAEX, lo que coloca bajo escrutinio directo las actividades vinculadas a financiamiento o influencia extranjera.
Implicaciones para el sector privado y organizaciones internacionales
La entrada en vigor de esta ley representa un cambio normativo relevante para empresas multinacionales, ONGs, tanques de pensamiento, medios con financiamiento internacional y otras entidades que reciben apoyo o instrucciones desde el extranjero. Los equipos legales y de cumplimiento normativo deberán evaluar de inmediato sus operaciones en El Salvador y determinar si están sujetos al nuevo marco regulatorio.
Además de posibles consecuencias legales por incumplimiento, la nueva legislación también podría tener efectos en la transparencia financiera, reputación corporativa y libertad operativa de muchos actores clave del ecosistema empresarial y civil salvadoreño.
El cumplimiento dentro del plazo establecido será clave para evitar sanciones y garantizar la continuidad operativa bajo el marco de esta nueva regulación.


