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Energía del Pacífico prepara construcción de planta de energía

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Ayer, Energía del Pacífico (EDP) explicó que se encuentra afinando los detalles para presentar la solicitud de concesión a la Asamblea Legislativa y comenzar la construcción de una planta de gas natural licuado en el municipio de Acajutla, que empezaría a generar energía en el primer semestre de 2021.  La planta generadora eléctrica se ubicará en el sector del puerto de Acajutla, en un terreno de 12,600 metros cuadrados y tendrá una capacidad instalada de 378 MW (megavatios).

Alejandro Alle, director de EDP, afirmó que únicamente están esperando el permiso de factibilidad que entregará la Autoridad Marítima Portuaria (AMP) y así completar los requerimientos locales necesarios para comenzar la elaboración de la solicitud de concesión.

Agregó que en mayo pasado el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) les entregó los permisos ambientales requeridos para la construcción de una línea de transmisión de 44 kilómetros, desde la central térmica de la planta de gas, en Acajutla, hasta la subestación que la Empresa Transmisora de El Salvador (Etesal) posee en Ahuachapán.

La compañía espera recibir la autorización de la Asamblea Legislativa en septiembre o principios de octubre para remitir la documentación a los bancos y obtener la financiación. “No esperamos que sea una gran demora en la Asamblea”, manifestó Alle.

“Estimamos que la última semana de agosto o la primera de septiembre ya va a estar la factibilidad emitida por la AMP, enviada al Ministerio de Obras Públicas y le da ingreso a la Asamblea. El tema de la aprobación de la concesión no vemos que tenga que ser un problema y no nos va a cerrar el cierre financiero”, reiteró el ejecutivo.

Sampo Suvisaari, director regional para Latinoamérica y el Caribe de la empresa filandesa Wärtsilä encargada de la construcción de la obra, informó que las obras físicas comenzarían entre finales de 2018 y principios de 2019, indicó

EDP ganó en 2013 la licitación para proveer 355 megavatios de potencia y su energía asociada al mercado salvadoreño. En 2015, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional el inciso primero del artículo 183 de la Ley General Marítimo Portuaria, el cual establecía la existencia de los puertos privados, por vulnerar el artículo 233 de la Constitución por tratarse de obras de uso público asentadas en bienes de dominio público.

 

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