Economía

En consulta pública normas técnicas para los Fondos de Titularización de Inmuebles

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El Comité de Normas del Banco Central de Reserva puso en consulta pública las “Normas Técnicas para los Fondos de Titularización de Inmuebles”. La normativa regulará a los Fondos de Titularización de Inmuebles en cuanto a su funcionamiento, operatividad, revelación y remisión de información, así como otros lineamientos que deben ser tomados en cuenta dentro del proceso de titularización de inmuebles.

Un Fondo de Titularización de Inmuebles consiste en un Fondo de Titularización que puede constituirse e integrarse con bienes inmuebles existentes o por construirse, siempre que el objeto de ese proceso de titularización sea, indistintamente, el financiamiento, desarrollo, construcción, rendimiento, o ampliación de proyectos inmobiliarios y se cumplan los requisitos mínimos establecidos en el artículo 46 de la Ley de Titularización de Activos.

La Titularización de inmuebles consiste en la transferencia de bienes inmuebles a un patrimonio autónomo con el propósito de emitir a su cargo valores de oferta pública. En estos procesos de titularización, podrán emitirse valores de deuda o valores que representen participación en el patrimonio de un Fondo de Titularización, de acuerdo a lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Titularización.

Los Fondos de Titularización de Inmuebles podrán constituirse e integrarse con bienes inmuebles existentes o por construirse, siempre que el objeto de ese proceso de titularización sea, indistintamente, el financiamiento, desarrollo, construcción, rendimiento, o ampliación de proyectos inmobiliarios.

Puede enviar sus comentarios al correo: normas@bcr.gob.svl

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