Legal
Empresas tendrán 180 días para actualizar contratos de tarjeta de crédito
Ya fue publicado en el Diario Oficial las reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito, entre las modificaciones a la normativa está la eliminación del cobro de todo tipo de membresía para tarjeta de crédito con límite de disponibilidad menor o igual a $2,000.
Asimismo, se ha prohibido la emisión de tarjetas de crédito que no hayan sido solicitadas por las personas.
Se suprimió la “promoción directa reiterada” o el “acoso” de ofertas y productos no solicitados por el cliente. Se considerará que se está cometiendo esta práctica cuando existan más de tres acercamientos al consumidor para ofrecerle un producto crediticio.
Referente al tema de los sobregiros bancarios, es decir los pagos que se hace al banco tras exceder el saldo de la cuenta del tarjetahabiente, los diputados explicaron que serán eliminados debido a que es una forma de enmascarar cobros adicionales, y será la Superintendencia del Sistema Financiero quien autorice los cobros en concepto de sobregiro.
El decreto prohíbe la ejecución de operaciones con tarjetas de crédito cuando ya esté al límite máximo de su disponibilidad de la línea de crédito aprobada.
Además, se establece que la inactividad de una tarjeta no será causal para su cancelación, a menos que la entidad emisora de la notifique con 30 días de anticipación al titular; los cobros de esta inactividad quedan prohibidos también.
Los sujetos obligados tendrán un plazo de ciento ochenta días para realizar las adecuaciones tecnológicas, administrativas y realizar de forma progresiva adendas a los contratos originalmente suscritos con los tarjetahabientes, con el objeto de dar cumplimento con las reformas.