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Emiten lineamientos para la explotación y distribución del agua de consumo humano

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En el Diario Oficial del 12 de julio, publicado este día, la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA) ha publicado los «Lineamientos de Transparencia en el Canon por Uso y Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Beneficio del Usuario Final de las Operadoras de Sistema de Distribución de Agua para Consumo Humano y de Uso Doméstico».

La normativa aplica tanto a personas jurídicas como naturales que se dediquen a la explotación directa o indirecta del recurso hídrico para la distribución, suministro y abastecimiento de agua en residenciales o asentamientos humanos destinados al consumo humano y uso doméstico.

Se establece la obligación de monitorear de forma periódica la calidad del agua cumpliendo con lo establecido en la norma vigente «Agua de Consumo Humano. Requisitos de Calidad e Inocuidad» del Reglamento Técnico Salvadoreño RTS 13.02.01:14

Es decir, vigilar los parámetros microbiológicos, físicos, químicos y radiológicos adecuados para uso en el hogar, riego de jardines y huertos caseros, y abrevaderos de animales domésticos no utilizados para fines comerciales.

Entre las condiciones de obligatorio cumplimiento, se destaca la obligación que las tarifas que se apliquen por el servicio de distribución, suministro y abastecimiento de aguas de núcleos rurales y urbanos no podrán sobrepasar el canon establecido por la ASA., lo que implica que no se podrán realizar cargos adicionales al usuario, excepto los costos operativos relacionados con la distribución.

Además, los distribuidores de agua deben promover el ahorro de agua, con un promedio de consumo mensual de 3 a 5 metros cúbicos por persona.

Los Lineamientos también establecen derechos y obligaciones para los usuarios, como abstenerse de utilizar el agua para fines distintos del uso doméstico y consumo humano, y se prohíbe la comercialización del recurso.

La ASA determinará el canon de uso y aprovechamiento del recurso hídrico en diferentes categorías, considerando la finalidad de uso. Esto implica que habrá una disminución en el precio a pagar por metro cúbico de agua dependiendo de la categoría de suministro, como el suministro de agua por parte de instituciones autónomas, gubernamentales y no gubernamentales, tanto centralizadas como descentralizadas.

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