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Emiten dictamen para ratificar convenio sobre la notificación internacional en materia civil

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La Comisión de Relaciones Exteriores emitió un dictamen favorable para ratificar el Convenio sobre la Notificación o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales o Extrajudiciales en Materia Civil o Comercial.

Este tratado, originado en la Conferencia de La Haya sobre Derecho Internacional Privado el 15 de noviembre de 1965, tiene como objetivo facilitar la notificación o traslado en el extranjero de documentos judiciales o extrajudiciales en asuntos civiles o comerciales.

Se destacan algunos puntos clave del convenio:

  1. Aplicación en Materia Civil o Comercial: El convenio se aplica a todos los casos en los que un documento judicial o extrajudicial deba ser remitido al extranjero para notificación o traslado en asuntos civiles o comerciales. No se aplicará cuando la dirección del destinatario sea desconocida.
  2. Autoridad Central: Cada Estado contratante designará una autoridad central encargada de recibir las peticiones de notificación o traslado de otro Estado contratante. Esta autoridad central organizará conforme a su ley interna.
  3. Procedimiento para Documentos Judiciales: La autoridad competente del Estado de origen enviará una petición a la autoridad central del Estado requerido, siguiendo el formulario modelo adjunto al convenio. Se elimina la necesidad de legalización de documentos u otras formalidades.
  4. Notificación o Traslado: La autoridad central del Estado requerido procederá a la notificación o traslado del documento según las leyes de dicho Estado. El documento podrá entregarse voluntariamente al destinatario. En casos especiales, la autoridad central puede solicitar la redacción o traducción del documento a la lengua oficial de su país.
  5. Certificación: La autoridad central o cualquier autoridad designada expedirá una certificación describiendo el cumplimiento de la petición. Esta certificación se enviará directamente al requirente y podrá ser visada por la autoridad central o judicial si no fue expedida por ellas.

La ratificación de este convenio permitirá establecer mecanismos más eficientes y armonizados para la notificación o traslado de documentos judiciales o extrajudiciales en asuntos civiles o comerciales entre los Estados partes.

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