Legal
Eliminan requisito de tiempo para licencias por incapacidad médica para empleados públicos
La Comisión de Trabajo emitieron un dictamen favorable para reformar el artículo 8 de la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los Empleados Público, estableciendo que estos contarán con licencias por enfermedad con goce de salario desde el primer día de contrato.
Actualmente, los empleados de instituciones públicas no gozan de una licencia médica remunerada por incapacidad si no han cumplido seis meses de trabajo, o si están en periodo de prueba para optar por una plaza.
La propuesta de redacción del artículo 8 que pasará a votación en el pleno es la siguiente: “Los empleados de la administración pública, comprendidos en la presente ley, desde su contratación gozarán de licencia con goce de sueldo por incapacidad en casos de enfermedades, accidentes comunes, maternidad y riesgos profesionales, devengando la remuneración que les asigna su tipo de contrato y la normativa emitida para tales efectos por el Ministerio de Hacienda”.
Se estima que la planilla de las instituciones de Gobierno, incluyendo las autónomas, la de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), la Procuraduría General de la República (PGR) y Fiscalía General de la República (FGR) es de 897 mil empleados.