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Eficacia de la legislación en materia de prevención del lavado de dinero

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Escrito por: Silvia Melisa Aguilar Cruz – Abogado AMLCA – Gerente Legal Monroy & Asociados

A nivel mundial, la conciencia sobre la importancia de prevenir y combatir el lavado de dinero se incrementó después de eventos significativos, como la adopción de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas en 1988. Posteriormente, la comunidad internacional, a través de organismos como el Grupo de Acción Financiera (GAFI), comenzó a desarrollar estándares y recomendaciones para que los países fortalecieron sus marcos legales y reguladores contra el lavado de dinero.

La legislación contra el lavado de dinero en El Salvador tiene su origen en la necesidad de cumplir con estándares internacionales y combatir la criminalidad financiera a nivel global. El proceso de establecer medidas contra el lavado de dinero en el país se intensificó a finales del siglo XX y principios del siglo XXI, en respuesta a los llamados internacionales para fortalecer la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

En el caso específico de El Salvador, la Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos fue promulgada en el año 2002 como respuesta a estas presiones y expectativas internacionales. Esta legislación establece las medidas y controles necesarios para prevenir y combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo en el país.

En El Salvador, la lucha contra el lavado de dinero se rige principalmente por la Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos, así como otras regulaciones que se han implementado para cumplir con estándares internacionales y prevenir el uso indebido del sistema financiero (Normativa Especial del Banco Central del Reserva, Ley Especial contra actos de Terrorismo, Ley de extinción y dominio, etc)

La legislación en El Salvador establece medidas para la identificación y reporte de transacciones sospechosas por parte de instituciones financieras, así como la debida diligencia en la identificación de clientes. Además, se enfoca en la cooperación internacional para combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

En relación con activos digitales, El Salvador ha tomado medidas significativas al adoptar el Bitcoin como moneda de curso legal en 2021. Sin embargo, esto también ha generado críticas y preocupaciones en cuanto a la posibilidad de un mayor riesgo de lavado de dinero y actividades ilícitas, dado el carácter pseudonimizado y descentralizado de las criptomonedas.

Las críticas suelen centrarse en la falta de regulación específica para las transacciones en activos digitales y la necesidad de establecer controles más estrictos para prevenir el uso indebido de estas tecnologías en actividades ilegales. Se argumenta que la adopción de criptomonedas puede presentar desafíos adicionales para las autoridades en términos de seguimiento y aplicación de las leyes contra el lavado de dinero.

Es fundamental destacar que la mayoría de las criptomonedas y sus usuarios operan de manera legítima, y las tecnologías blockchain pueden ser utilizadas para mejorar la transparencia y la integridad del sistema financiero. Sin embargo, la percepción de cierto anonimato y la velocidad de transferencia han llevado a preocupaciones y han contribuido a la asociación entre criptomonedas y actividades ilegales como el lavado de dinero.

Es esencial que El Salvador continúe fortaleciendo su marco normativo, adaptándolo a las cambiantes realidades tecnológicas y financieras, y promoviendo la colaboración entre las autoridades nacionales e internacionales para abordar de manera efectiva el lavado de dinero en todas sus formas.

Como critica, consideró que a pesar de los controles y el esfuerzo que se debe reconocer por parte de la Unidad de Investigación Financiera (con apoyo interinstitucional) por parte del sistema financiero, la forma en que aplican sus evaluaciones dificulta el acceso al sistema financiero, considero que limita el acceso al sistema financiero de muchas personas tanto naturales como jurídicas que realizan actividades comerciales, parece ser que sancionan a las personas que consideran con actividades especiales, se puede incluso interpretar como un tipo de sanción. Este punto es complicado porque a ciencia cierta En El Salvador no hemos tenido un caso donde se identifique que se ha vulnerado el sistema bancario. 

A manera de conclusión consideramos que la Legislación en materia de prevención de Lavado de Dinero, ha sido efectiva, sin embargo, ha dificultado el acceso al sistema financiero y ha generado desinformación y procesos engorrosos para algunos sectores económicos en El Salvador. Considero necesario que el sector Corporativo, Empresarial y productivo del País se mantengan con una actitud receptiva en este tema.

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