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Dirección Nacional de Obras Municipales podrá obtener préstamos y emitir bonos

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Presidencia, por medio del ministro de Hacienda, presentó una pieza de correspondencia en el sentido se reforme la Ley de Creación de la Dirección Nacional de Obras Municipales, a efecto de que se pueda ampliar las competencias y capacidades financieras de dicha Dirección.

Se faculta a la DOM que pueda obtener préstamos, emitir y colocar bonos en el mercado interno y externo, titularizar activos y otras obligaciones.

Entre las nuevas competencias se establece que la DOM podrá desarrollar proyectos a favor de cualquier institución estatal siempre que el mismo signifique una inversión considerada de interés general y utilidad pública y posteriormente realizar la entrega del mismo a la institución.

Se agrega que podrá construir, de manera directa o a través de sociedades mercantiles en que la DOM tenga una participación mayoritaria, cualquiera obra necesaria para la realización de sus fines.

Con la reforma se aclara que la DOM esta exenta del pago de tasas o impuestos por el desarrollo de sus obras o la prestación de servicios; de igual forma sus contratistas estarán exentos del pago de tasas municipales cuando desarrollen los proyectos que les adjudique.

Cuando la DOM requiera obtener permisos o factibilidades de construcción u otros, no está obligada a pagar los compromisos pendientes en concepto de servicios o tributos que adeude o correspondan al municipio o Institución beneficiaria; en tal sentido las entidades respectivas están en la obligación de otorgar los permisos y autorizaciones.

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