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Diputados acuerdan dictamen para aprobar reformas a ley del CNJ
Esta mañana, la comisión de Legislación y Puntos Constitucionales de la Asamblea Legislativa acordó dictamen para aprobar las reformas a la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ).
La comisión acordó reformar los artículos 62 ya que pretende que el proceso que hace el CNJ para configurar las ternas que manda a la CSJ para nombramiento de jueces o magistrados de cámara, sea un proceso público.
También hubo acuerdo sobre la reforma planteada al artículo 63, que hace énfasis en que el CNJ llevará un Manual de Selección, que desarrollará los criterios y técnicas que garanticen la objetividad, transparencia, igualdad e idoneidad, respecto de la selección y formación de las ternas de candidatos, por medio de un proceso público donde se documente las competencias jurídicas, morales y vocación judicial.
También en las reformas se pretende establecer el plazo que tiene el CNJ para mandar las ternas que requiere la Corte Suprema de Justicia. Actualmente la ley dice que el CNJ tiene 8 días hábiles, la comisión ha propuesto que esos plazos se amplíen a 30 días hábiles, es decir el CNJ una vez recibe el requerimiento de la CSJ, tiene 30 días para realizar el procedimiento de selección de la terna y mandárselo.
“La ley del CNJ dice que si en algún juzgado o cámara hay un suplente, este debe asumir como titular, la comisión dijo que no debería ser así, porque no necesariamente los suplentes que están ejerciendo como tales en algún juzgado o cámara, tienen la experticia en esa materia. En todo caso los suplentes solo están facultados para ejercer suplencias temporales, pero no para asumir titularidad de un juzgado o cámara sino ha pasado por el procedimiento se selección que debe de hacer el CNJ. Esto cualifica los nombramientos o las propuestas que la corte debe de tener a la hora de elegir. Esta reforma ya va como dictamen para la próxima plenaria” afirmó la diputada del partido oficial, Jackeline Rivera.
En cuanto a la reforma del artículo 83, la Comisión definió que detallará que toda la información que maneje el CNJ en sus actuaciones y registros será pública, excepto la información confidencial de acuerdo a la Ley de Acceso a la Información Pública.