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Diputados acuerdan creación del delito de desaparición forzosa

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Ayer, la Comisión de legislación y puntos constitucionales acordó la creación del artículo 148-A en el Código Penal, lo que significa la tipificación como delito la desaparición forzosa, sin embargo, los parlamentarios aun no se ponen de acuerdo si el delito prescribirá o no, ni los agravantes del mismo.

Mario Tenorio, presidente de la comisión, comentó «ahora se ha establecido de manera general el delito de desaparición forzada, esto atendiendo a la preocupación que existe en esta Asamblea Legislativa por el número de casos que se han incrementado en nuestro país».

El diputado Tenorio agregó que entre las propuestas se analiza otras reformas para tipificar de delito agravado de la desaparición de personas cuando está sea cometida por grupos de pandillas, crimen organizado, delincuenciales con penas mayores hasta 30 años de prisión y la prescripción del delito.

 

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