Legal
Derogado delito sobre la difusión de mensajes de pandillas en medios
La Asamblea Legislativa ha derogado el inciso segundo del artículo 345-C del Código Penal que castigaba con cárcel la difusión de mensajes alusivos a las pandillas a través de medios de comunicación, si dichos mensajes podían causar zozobra en la población.
Según el decreto en sus considerandos de motivos asegura que este es necesario ya que en la percepción de que las estrategias de seguridad implementadas por el Gobierno han sido efectivas en la reducción de la violencia relacionada con pandillas, lo que ha llevado a una disminución de la percepción de inseguridad en la población.
Además, se reformó la Ley de Proscripción de Maras, Pandillas, Agrupaciones, Asociaciones y Organizaciones de Naturaleza Criminal para despenalizar la difusión de mensajes creados por pandillas en medios de comunicación. Según los legisladores, estas reformas se realizaron para quitar el miedo a la población de denunciar y no estaban dirigidas contra la libertad de prensa ni los medios de comunicación.
El artículo 345-C establecía como delito el elaborar o colaborar en la realización de textos, pinturas, diseños, dibujos, o cualquier forma de expresión visual en bienes inmuebles de uso público o privado que explícita o implícitamente hagan alusión a grupos criminales.
Con una pena de entre 10 y 15 años a quienes, a través de estas formas de expresión visual, transmitan amenazas a la población en general o que pretendan aludir el control territorial de estos grupos terroristas.
Además, se establecia que la misma pena de cárcel se aplicará a quienes, por medio del uso de las tecnologías de la comunicación y la información, reproduzcan y transmitan mensajes originados por grupos delincuenciales que pudieran generar zozobra y pánico en la población.