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Delito de venta irregular de lotificaciones entrará en vigencia la siguiente semana

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El 18 de septiembre fue publicado el Diario Oficial, de fecha 28 de agosto, que contiene las reformas al Código Penal de El Salvador, principalmente crea el artículo 216-A, que aborda el delito de «Comercialización de Lotificaciones Irregulares».

Esta reforma tiene como objetivo principal sancionar a quienes vendan parcelas o lotes destinados a uso habitacional sin haber obtenido las aprobaciones legales necesarias para legitimar su situación jurídica.

El artículo 216-A establece penas de prisión que van desde ocho a doce años para aquellos individuos que lleven a cabo la comercialización irregular de lotificaciones. La reforma busca combatir la comercialización ilegal de terrenos y garantizar la certeza jurídica a las familias que adquieren propiedades a través de lotificadoras.

Además de la creación del artículo 216-A, la reforma también incluye una modificación en el artículo 338 del Código Penal. Este nuevo inciso establece que, en los casos en los que se incumpla una orden que exija al propietario, desarrollador, parcelario o lotificador el cumplimiento de una compensación según lo establecido en la ley especial correspondiente, se impondrán penas de tres a cuatro años de prisión y multas que oscilan entre cien y ciento cincuenta días.

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