Artículo

Del espíritu de las leyes a los “Checks and Balances”

Publicado

el

Hay que dejar en claro algo importante para poder responder la interrogante y es que el control entre los órganos del Estado lo ejerce la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Dando como resultado que a lo que se controla es que los tres poderes actúen dentro de los límites de la constitución, velando por ellos la sala antes en mención

Alejandro Alas, estudiante de Ciencias jurídicas de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas.

El Salvador, es un Estado soberano y según el artículo 85 de la Constitución de la República, su gobierno es republicano, democrático y representativo. El segundo inciso del artículo 86 establece que los órganos fundamentales del gobierno son el Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Una vez dejando eso en claro, podemos darnos cuentas que esta es una estructura formalmente política que no la inventó El Salvador. Pero es un sistema que viene en el mundo civilizado desde hace muchísimos años cuando se abolio la monarquia.

Considero necesario hacer unas pequeñas aclaraciones de cada uno de los poderes. En primer lugar el Órgano Legislativo con una cámara de diputados es representativo, y su función principal es legislar, en segundo lugar el Órgano Ejecutivo está encabezado por el presidente de la República y su gabinete de gobierno con la misión de dirección, administración y control de gobierno y como último pero no menos importante, el Órgano Judicial tiene la misión de juzgar. Su máximo tribunal es la Corte Suprema de Justicia.

Ahora bien, la idea que plantea el doctor Enrique Anaya referido a la importancia de los tres poderes del Estado es totalmente acertada, cuando ilustra que en todos los países del mundo siempre habrá un poder político existiendo la tendencia natural de todo gobernante a abusar del poder. Entonces, para que no se abuse del mismo hay que establecer límites, los famosos “checks and balances”.

Consistiendo en el sometiendo del poder ejecutivo a la ley, el poder judicial a la ley y la misma constitución, y en el caso del poder legislativo se limitarán a la Constitución, ¿por qué? Porque ellos hacen las leyes. Las competencias, potestades y atribuciones están distribuidas a cada uno, por lo tanto a ellos les corresponde hacer y realizar solamente lo que la ley establezca en las actividades a las que están limitados, sin poder meterse en el campo del otro.

Aunado a ello, es importante hacer un cuestionamiento, ¿por qué es importante la separación e independencia de los órganos de Estado? Hay que dejar en claro algo importante para poder responder la interrogante y es que el control entre los órganos del Estado lo ejerce la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Dando como resultado que a lo que se controla es que los tres poderes actúen dentro de los límites de la constitución, velando por ellos la sala antes en mención.

Concluyo diciendo que la sociedad también juega un papel vigilante para garantizar el estado de derecho, pudiendo así discrepar con nuestras cívicas o exigir el cumplimento de la Constitución.

“Solo el poder detiene al poder”.

Click para comentar

Popular

Salir de la versión móvil