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Decreto suspende el cobro de facturas de agua, electricidad y telecomunicaciones

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La Asamblea Legislativa aprobó la “Ley Transitoria para Diferir de Pagos de Agua, Energía Eléctrica y Servicios de Telecomunicaciones ”. Esta disposición se aplicará a las factura de los meses de marzo, abril y mayo del presente año las cuales se cancelaran en cuotas niveladas entre julio y diciembre.

Se excluye de la aplicación del decreto el pago de las tasas municipales cargadas en la factura del servicio de energía eléctrica.

La suspensión de la factura eléctrica será valido únicamente para hogares con un consumo menor a 200 kilovatios hora promedio en el mes.

El decreto establece que serán beneficiarios las personas naturales o jurídicas y municipalidades que hayan experimentado una disminución de sus ingresos de forma directa o indirectamente por los cierres parciales o totales que gradualmente se han establecido como medidas para contener la entrada y expansión del COVID-19.

El decreto prohíbe a las empresas generadoras, distribuidoras y comercializadoras de energía, así como a las distribuidoras de agua, hacer cortes por falta de pago mientras dure la emergencia. En cambio, los beneficiarios contarán con seis meses a partir de junio para realizar los pagos.

El valor de la factura por los servicios que se difiere su pago no deberá sufrir recargos por ningún concepto de mora, intereses u otra penalidad.
A fin de mantener la sostenibilidad de los prestadores de los servicios, el Ministerio de Hacienda o el Banco de Reserva deberán otorgar un aval a favor de una institución financiera para que constituya una operación de financiamiento puente, los intereses de dicha mecanismo los soportará el Gobierno de El Salvador
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