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Decimoséptima prórroga del régimen de excepción

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Con 67 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó la decimoséptima prórroga del régimen de excepción, una medida que fue implementada por primera vez en marzo de 2022 con el propósito de brindar con mayores facultades a las autoridades de seguridad.

La solicitud de ampliación del régimen de excepción fue respaldada por los funcionarios del Gabinete de Seguridad, encabezados por el ministro Gustavo Villatoro, quienes argumentaron que esta medida ha sido esencial para lograr resultados positivos en la reducción de la delincuencia y el crimen en el país.

Ernesto Castro, presidente de la Asamblea Legislativa, expresó que la continuidad de este régimen de excepción es necesaria para seguir brindando seguridad a los ciudadanos.

Los derechos suspendidos, según el decreto, son los establecidos en los artículos 12 inciso segundo; 13 inciso segundo; y 24 de la Constitución de la República.

El artículo 12 inciso segundo garantiza los derechos de los detenidos, en particular, su derecho a la defensa y a ser informados sobre las razones de su detención. El artículo 13 inciso segundo trata sobre el plazo máximo de detención administrativa, que normalmente es de 72 horas. El artículo 24 establece la prohibición de interferencia en las telecomunicaciones sin una autorización judicial por escrito y motivada. Además, este artículo establece la protección del secreto de lo privado que no esté relacionado con un proceso penal.

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