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Debate por el curul del diputado No Partidario
El curul obtenido y confirmado para el candidato no partidario Leonardo Bonilla tras el escrutinio final del Tribunal Supremo Electoral (TSE), dado a conocer el pasado miércoles, es el objeto de uno de los debates políticos/jurídicos de relevancia sobre la representatividad de los electores y sobre la suma de los votos que abrieron ese espacio no partidario en el congreso.
El curul, además, es reclamado por Jorge Meléndez, presidente del Partido Social Demócrata (PSD), ya que considera que la asignación de Bonilla no cumple con los requisitos delineados en el artículo 217 C del Código Electoral, que manda a contar los votos por separado. Por otro lado, que los no partidarios no conforman ninguna planilla formal e inscrita. El PSD asegura que ese escaño le pertenece por cociente electoral a su candidato por San Salvador, Jorge Mario Meléndez, (hijo de Jorge Meléndez).
Bonilla obtuvo su escaño luego de recibir más marcas entre los no partidarios y de la suma total de los votos obtenidos por los no partidarios, un formato emanado de la Sentencia de la Sala de lo Constitucional 59-2014, una de las tantas sentencias que implicaron reformas electorales. Dicha sentencia tiene de fondo el objeto de eliminar las desventajas de los no partidarios frente a las planillas de los partidos políticos en el cálculo de cocientes y residuos y fundamentar la filosofía de la democracia participativa representativa.
El FMLN también cuestiona el curul de Bonilla pero por otras razones jurídicas. La secretaria adjunta del FMLN, Norma Guevara, dijo a medios de comunicación que analizarán sus demandas ya que los no partidarios fueron inscritos fuera del plazo de ley y con requisitos diferentes.
Este día, el analista político Salvador Samayoa, dijo en el programa Frente a Frente de TCS, que él consideraba que sumar el total de votos de los no partidarios como una única planilla era un error, sobre todo porque no se podía establecer el endoso de votos entre no partidarios, cuando estos en el fondo representan corrientes de pensamiento diferentes. Es decir, que si un grupo de votantes respaldó a un no partidario no es posible establecer que también esos votos respaldan a otro candidato no partidario, diferente a una planilla de partido político en donde todos responden a una ideología identificada de manera pública.
La polémica tendrá una versión jurídica en la impugnación y el Tribunal Supremo Electoral deberá responder. Sin embargo, el magistrado del TSE Fernando Argüello Téllez envió a los inconformes a leer la sentencia de la Sala Constitucional, ya que según él, solo están aplicando las líneas jurisprudenciales establecidas por los magistrados constitucionales.
Eduardo Escobar, coordinador del Centro de Monitoreo de Acción Ciudadana, respalda la decisión del TSE y valida el curul del Bonilla. Escobar fue el autor de la demanda que finalizó en la sentencia de la Sala Constitucional que permite el conteo de votos conjuntos para los no partidarios.
“La sentencia lo que establece es que a los candidatos no partidarios se les va a considerar como una planilla independientemente, que ellos sean candidatos individuales no partidarios, en esa medida la sentencia estableció que se suman todos los votos que reciben los candidatos no partidarios y a partir de esa sumatoria, se les aplica el cociente electoral, es decir, si las suma de los votos de los candidatos llega a igualar el cociente electoral, entonces tiene un diputado, o si esa suma de los votos se convierte en uno de los residuos mayores que permitan obtener un diputado, en esa medida es que Leonardo Bonilla obtiene la diputación” explica Escobar.
Considera que hay una confusión porque el legislador no adecuó el Código Electoral a la disposición de la sentencia de la Sala. “”Allí es el legislador el que tendría que armonizar la ley electoral con esta sentencia para evitar en futuras elecciones algún tipo de problemas con la interpretación de cómo se deben contar los votos para los candidatos no partidarios” finaliza.
Bonilla se ha defendido argumentado que la Sentencia de la Sala respalda la decisión del TSE y que confía en los resultados.
El escrutinio final dio como resultado 1 diputado no partidario, 1 al partido CD, 3 al PDC, 9 al PCN, 10 a GANA, 23 al FMLN y 37 a ARENA.