Legal
CSJ solicita prohibir emisión de testimonios mediante sistema de transcripción
La Corte Suprema de Justicia ha presentado a la Asamblea Legislativa un paquete de reformas a los artículos relacionados con los testimonios. La CSJ solicita brindar de mayor seguridad jurídica a los mismos.
La reforma prohíbe expresamente que los testimonios puedan extenderse por medio de transcripción de los instrumentos.
La CSJ considera que la emisión de un testimonio de forma transcrita o como una copia fiel del instrumento original, ha propiciado actuaciones que quebrantan la fe pública notarial, a partir del otorgamiento de testimonios cuyo contenido no consta en la escritura matriz de un libro de protocolo; de allí la necesidad de reformar la normativa que lo permite, a efecto de cumplir de forma debida con los mandatos de la seguridad jurídica.
Con la nueva redacción el artículo 44 de la Ley del Notariado quedaría de la siguiente forma: «Los testimonios deben extenderse por medio fotostático u otra firma de copia fidedigna. y terminarán con una razón que indique los folios y el número del libro de Protocolo en que se encuentra la escritura a que se refieren. la fecha de la caducidad de dicho libro, el nombre de la persona a quien se extiende y el lugar y fecha de la expedición del testimonio.
A continuación, serán firmados y sellados por el notario. No se podrá extender testimonios por el sistema de transcripción, salvo cuando corresponda a la Corte Suprema de Justicia, o en el caso del notario, cuando este deba expedir testimonios de partición judicial o extrajudicial, bastará que el notario inserte en el testimonio que extienda a cada uno de los interesados, la cabeza, la descripción de su respectiva hijuela o adjudicación y el pie del instrumento, sin perjuicio de que pueda darse testimonio completo a los interesados, de conformidad con el artículo anterior, si éstos así lo solicitaren».
También se modifica el artículo 45 de la normativa, y se establece que será el Jefe o Sub Jefe de la Sección del Notariado quien expedirá testimonios en los casos de los protocolos ya devueltos por los notarios.