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CSJ admite demanda de amparo en caso IAIP
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió una demanda de amparo de los cinco magistrados propietarios de la Sala de lo Constitucional.
Esta demanda de amparo se presentó para que los magistrados propietarios: José Óscar Armando Pineda Navas (presidente de la CSJ), José Belarmino Jaime, Florentín Meléndez Padilla, Edward Sidney Blanco Reyes y Rodolfo Ernesto González Bonilla, no se sometan a un proceso Administrativo de Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), por no entregar información a un ciudadano.
En el documento los magistrados explican que en su contra se ha iniciado un proceso sancionador por la supuesta infracción a lo previsto en el artículo 76 letra c de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP). La demandan la presentan por supuestas violaciones constitucionales en su contra por parte del IAIP al ordenarles que entreguen la documentación sobre la reunión que los magistrados sostuvieron con los dueños y jefes de medios de comunicación, el año pasado.
Los magistrados consideran que se les violó su derecho a la seguridad jurídica, a la propiedad y a la motivación de las resoluciones administrativas, como una manifestación del derecho a la protección no jurisdiccional.
También, consideran que se cometió vulneración al principio de interdicción de arbitrariedad, ya que el IAIP establece una exigencia de generar información, que no se enmarca en el artículo 6 letra a de la LAIP, por tanto no existe obligación legal de generar la información solicitada.
El IAIP considera que como la Corte dijo que la reunión que realizaron con los medios el pasado 26 de julio de 2016, era propia y realizada en horas laborales. Por ser una actividad propia de del tribunal está sujeta al escrutinio público y por tanto, es información de carácter público.
Los magistrados demandados ante el IAIP ante la sala que ellos mismos dirigen, debían abstenerse de conocer el proceso de amparo para evitar dudas sobre la imparcialidad que como jueces deben mantener. Por ello, se nombró a magistrados suplentes para tramitar el amparo y determinar si las razones expuestas por los magistrados propietarios o la parte recusante son suficientes para aceptar la abstención o la recusación de quienes conforman la Sala de lo Constitucional.
Los magistrados suplentes que tramitarán el amparo son: Francisco Eliseo Ortiz Ruiz, Martín Rogel Zepeda, Celina Escolán Suay, Carlos Sergio Avilés Velásquez y Sonia Dinora Barillas de Segovia.
IAIP lamenta acciones de la CSJ
Por su parte, el comisionado del IAIP, Jaime Campos habló sobre el proceso de amparo y lamentó “que la CSJ como ente obligado haya buscado una de sus propias Salas para evadir las responsabilidades u obligaciones de transparencia y esté desconociendo la naturaleza del derecho de acceso a la información pública, privilegiando a funcionarios que se resisten a cumplir con las resoluciones del Instituto”.
Según el Comisionado, con la admisión de este amparo, “la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia está desconociendo la competencia que tiene en la materia el órgano garante que es el IAIP. Es un mal precedente porque a pesar de haber sido creado un órgano garante para la aplicación de la LAIP, un ente obligado a la Ley se ampara en una de sus mismas Salas para no cumplir con las resoluciones que ha dictado el Instituto, igualmente lo que aquí está fallando es el respeto a las competencias institucionales de cada entidad”.