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Corte Plena determinará los casos que serán investigados por la Sección de Probidad
La Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia aprobó el «Reglamento para la Tramitación de las Diligencias de Investigación y Comprobación Patrimonial de Funcionarios y Empleados Públicos», que tiene como finalidad regular el proceso de las investigaciones patrimoniales de funcionarios y empleados públicos.
A diferencia del actual procedimiento será Corte Plena quien determine si es procedente que se inicien las diligencias de investigación y comprobación de las declaraciones juradas de patrimonio del funcionario o empleado público.
Según los considerandos, el nuevo reglamento asegura el cumplimiento de las garantías del debido proceso dentro de las competencias de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a lo establecido en el articulo 240 de la Constitución de la República y la Ley Sobre el Enriquecimiento de Funcionarios y Empleados Públicos (LEIFEP).
Según la Comisión de Ética y Probidad de Corte Plena «lo que se busca es evitar la discrecionalidad o variaciones en el diligenciamiento y la torna de decisiones respecto de la existencia o no, de indicios de enriquecimiento ilícito y reforzar de seguridad jurídica y certeza las decisiones que emanen del pleno de la Corte».
En el reglamento se establecen las atribuciones a tener por parte de la Comisión de Ética y Probidad; la determinación de los indicios de enriquecimiento ilícito; los plazos; las actividades de la Sección de Probidad referidas al procedimiento de investigación y comprobación; los criterios para ordenar el inicio de las diligencias de comprobación de la información contenida en las declaraciones, entre muchos otros.
Según el reglamento se tomará en consideración 7 criterios para ordenar el inicio de las diligencias de comprobación de la veracidad de las declaraciones, considerando los criterios de: temporalidad, jerarquía del cargo, nivel de responsabilidad, manejo de fondos públicos, denuncias directas, de información de fuente independiente, de falta de presentación de la declaración patrimonial, además de que se toma en cuenta a los funcionarios suplentes.
De igual manera, el Reglamento incluye la forma en que la Sección de Probidad llevará a cabo el registro de los sujetos obligados, la recepción, custodia, investigación y comprobación de las declaraciones juradas de patrimonio, así corno lo correspondiente a la sustanciación para la imposición de multas.
El reglamento incluye por primera vez en el examen de probidad a todos los funcionarios suplentes.