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Conozca todos los delitos imprescriptibles

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El Código Procesal Penal establece una serie de delitos que aúnque pase el transcurso del delito no prescribirá la acción penal. Con la reforma recientemente sancionada en el Diario Oficial, este listado se ha ampliado.

La próxima semana entrará en vigencia la inclusión del feminicidio y feminicidio agravado dentro del listado de los delitos imprescriptibles, con una reforma al Código Procesal Penal.

Junto a estos delitos, los artículos 32 y 34 de la normativa en comento, establece que la tortura, los actos de terrorismo, el secuestro, el genocidio, la violación de las leyes o costumbres de guerra, el desaparición forzada de personas y los delitos cometidos contra la libertad sexual de menor o incapaz son imprescriptibles.

En el 2021, la Asamblea Legislativo reformó dichos artículos y agregó más delitos al listado, incluyendo: negociaciones ilícitas, exacción, cohecho propio, cohecho impropio, malversación, enriquecimiento ilícito, infidelidad en la custodia de registros o documentos públicos, cohecho activo, soborno transnacional y tráfico de influencias.

La normativa establece que si después de transcurrido un plazo igual al máximo previsto en los delitos sancionados con pena privativa de libertad no se ha iniciado la investigación penal, el delito prescribira; pero, en ningún caso el plazo excederá de quince años, ni será inferior a tres años.

Así también, se regula que prescribirá el procedimiento penal en el caso que exista inactividad después de transcurrido un plazo igual a la mitad del máximo previsto en los delitos sancionados con pena privativa de libertad; pero, en ningún caso el plazo excederá de diez año, ni será inferior a tres años.

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