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¿Cómo es el proceso de elección de magistrados en El Salvador y qué debería mejorarse?

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Por: Magdalena Correa Henao, Jan Michael Simon y Antonio Maldonado Paredes*

A inicios de enero de 2018, las organizaciones de la sociedad civil DPLF, WOLA y CEJIL nos convocaron para integrar un Panel Independiente. Nuestro mandato consistió en evaluar la primera fase del proceso correspondiente a la elección de Magistradas/os de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.

El 29 de mayo pasado presentamos en la ciudad de San Salvador las conclusiones y recomendaciones contenidas en nuestro informe final.

En las conclusiones anotamos que el actual modelo para el desarrollo de la primera fase de elección tiene evidentes debilidades en su diseño e implementación. En tal sentido, consideramos que dicho modelo no garantiza un proceso conforme a los principios y estándares internacionales, y que el mismo, no responde ni a las actuales necesidades del Estado de Derecho y del régimen democrático en El Salvador, ni a las legítimas expectativas de la sociedad civil.
Como problema fundamental detectamos que no se define qué tipo de perfil se requiere para ocupar un puesto de tan alta dignidad e importancia, en vez de definir simplemente qué criterios no son compatibles. Otro problema fundamental del proceso es su modelo bifurcado, distinto en cada componente que evalúa a los candidatos, uno de énfasis electoral (Fedaes) y el otro de evaluación de perfiles (CNJ). Este modelo afecta la coherencia del proceso.

Con base en estas conclusiones fundamentales -y otras más especiales (Informe final) -, hemos recomendado rediseñar la organización del proceso y de las reglas sustanciales de selección. Esto conforme al sistema de fuentes nacionales e internacionales que somete al Estado salvadoreño a los principios de trasparencia, objetividad e igualdad; para garantizar la idoneidad moral, capacidad, conocimiento, independencia e imparcialidad de las/os candidatas/os a magistrado/as. magistradas/os de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

En particular, frente la falta de perfiles específicos de magistrada/o de la Sala de lo Constitucional, estimamos que para la segunda etapa del proceso de elección, ante la Asamblea Legislativa, es preciso concretar con detalle y precisión, cuáles son las características de la persona ideal para ocupar dicho cargo. Entre ellos, la reconocida honorabilidad, independencia y la alta calificación por conocimiento y experiencia en derecho constitucional. Caso contrario, el proceso a cargo de la Asamblea Legislativa corre el riesgo de desarrollarse en un marco de elección sustancialmente político, lo que es normal dada su naturaleza, pero que no parte del mérito, lo que estimamos es preocupante.

Así, resulta sumamente importante que la Asamblea Legislativa, en la segunda etapa del proceso, seleccione a las y los candidatas/os idóneos y mejor calificados y descalifique a todas/os aquellas/os que no gocen de la moralidad y capacidad notoria necesarias para cumplir con la trascendental función que le corresponde a las/os juezas/ces constitucionales por elegir.

Asimismo, a partir de la experiencia de todos estos años de transición hacia la paz y recogiendo el espíritu y los objetivos de esta plasmados en la Constitución de la República, la Asamblea Legislativa debería considerar la renovación y reforma de la arquitectura del actual diseño institucional de

elección o elección de magistrado/as de CSJ, en particular, de la Sala de lo Constitucional. Pues en opinión del panel, se encuentra allí una oportunidad indiscutible para dar un salto cualitativo para El Salvador en su consolidación como estado democrático y constitucional de derecho.

El panel expresa su especial preocupación por la ausencia de mecanismos institucionalizados que garanticen la participación de la ciudadanía en las diferentes modalidades y fases del procedimiento, lo que resulta indispensable no sólo por el valor que dicha participación representa en una sociedad democrática, sino por los beneficios que puede tener la misma, en términos de resultados y rendición de cuentas de las autoridades o instituciones comprometidas.

Reconocemos como un avance, aunque no suficiente, que la Asamblea Legislativa ha autorizado la participación de los/as asistentes a las entrevistas con la realización de preguntas que, en el presente contexto, es digno de mencionar.

Finalmente, El panel considera oportuno reiterar que estos y otros problemas y hallazgos advertidos durante su mandato, no desmeritan los avances de El Salvador hacia la consolidación del Estado Constitucional de Derecho que perfilara desde los Acuerdos de Paz.

*Magdalena Corea es Doctora en derecho constitucional por la Universidad Carlos III de Madrid, Maestra en Gestión y Administración Pública por la Universidad Externado de Colombia. Magdalena es experta en derecho constitucional económico. Actualmente, es Directora del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia. Jan Michael Simon es académico titular para América Latina del Instituto Max Planck para el Derecho Penal Extranjero e Internacional, con sede en Friburgo/Alemania, y fue Asesor Legal Senior de la CICIG en Guatemala y Asesor Especial de la OEA- MACCIH en Honduras. Antonio Maldonado Paredes es abogado peruano y fue designado Procurador Ad Hoc del Estado peruano para los Casos Fujimori-Montesinos. Tuvo a su cargo la extradición de Alberto Fujimori desde Chile.

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