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Comisión legislativa aprueba dictamen para reformas a la Ley de Activos Digitales

El objetivo es regular las transferencias, estableciendo obligaciones para emisores y proveedores de servicios de bitcoin.

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Los diputados de la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea aprobaron un dictamen para las reformas a la Ley de Activos Digitales, que incluye nuevas normas de conducta para los proveedores de servicios de bitcoin.

Durante la sesión, Miguel Serafín, director de la Comisión de Activos Digitales (CNDA), explicó que una de las principales metas de estas reformas es incluir el ecosistema de proveedores de servicios de bitcoin dentro de la CNDA, buscando mejorar la eficiencia en la regulación.

“Esto obedece exclusivamente a motivos de eficiencia”, afirmó Serafín.
Las reformas buscan regular las transferencias de activos digitales tanto en ofertas públicas como privadas, estableciendo obligaciones para emisores y proveedores de servicios.

El objetivo es promover el mercado de activos digitales mientras se protege a los adquirentes.
El dictamen fue respaldado por los 11 diputados del partido Nuevas Ideas, aunque la diputada Claudia Ortiz de Vamos no participó en la votación.

Entre las reformas aprobadas se encuentran:
Normas de conducta: Se introducen artículos que establecen la necesidad de que los proveedores de servicios de bitcoin (PSB) mantengan un programa contra el lavado de dinero y salvaguarden los activos de los clientes mediante políticas adecuadas.

Mantenimiento de registros: Los PSB deberán llevar libros que reflejen con precisión sus activos, pasivos y el patrimonio, así como la información relevante de cada cliente.

Obligaciones adicionales: Incluyen la creación de un registro de quejas, un programa de ciberseguridad, y un plan de recuperación ante desastres, entre otros.
La reforma también introduce un procedimiento de registro que incluye etapas de preinscripción e inicio de operaciones, buscando mayor claridad y agilidad en el proceso.

Serafín detalló que la preinscripción permitirá una verificación inicial del cumplimiento de requisitos antes de pasar a la etapa de registro.

Otras disposiciones establecen que los PSB no podrán suspender sus operaciones sin la autorización de la CNDA, y refuerzan la facultad de la CNDA para requerir información y realizar inspecciones a los supervisados.

Las reformas serían aprobadas en la sesión plenaria programada para el 3 de octubre.

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