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Comisión dictamina nueva ley especial de contratación pública fuera de la LACAP

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La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa emitió un dictamen favorable para la creación de regulaciones especiales en lo relativo a la contratación pública en obras públicas que contenga como particularidad la inclusión del financiamiento por el oferente.

La Ley Especial para la Contratación de Obra Pública con Financiamiento Incluido establece condiciones especiales para la adjudicación y ejecución de proyectos en los que se contemplen los costos en su diseño, construcción, supervisión y, en algunos casos, la operación y el mantenimiento.

La normativa establece que el ministro de Obra Públicas podrá autorizar, atendiendo a la naturaleza de la contratación, la necesidad prioritaria y las condiciones únicas o especificas del mercado, la no generación de competencia a través de resolución razonada.

Este financiamiento puede referirse a la ejecución del diseño, construcción, supervisión, operación y mantenimiento de la obra pública de que se trate, en función de la naturaleza de la misma, así como el alcance del financiamiento que se contrate para cada tipo de operación.

Según los considerandos de la normativa «se vuelve necesario, formular normativas especiales, extraordinarias y novedosas, orientadas a explorar nuevas modalidades de financiamiento, que garanticen la ejecución de obras públicas requeridas y de impostergable realización.

La obra pública que se ejecute según las nuevas regulaciones serían aquellas que son financiadas con recursos provenientes de entidades financieras nacionales o extranjeras, o corporaciones privadas legalmente constituidas, o con fondos propios del contratista.

Se establece la creación de una Comisión Técnica multidisciplinaria creada y nombrada para tal fin, por la máxima autoridad del Ministerio de Obras Públicas y de Transporte.

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