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Comisión de Trabajo analiza incrementar sanciones por infracciones laborales

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La Comisión de Trabajo comenzó con el estudio de una pieza de correspondencia en la que plantean reformar el artículo 627 del Código de Trabajo, con el propósito de incrementar la sanción del incumplimiento a derechos laborales de los empleados.

El artículo señala que las infracciones a lo dispuesto en los Libros I, II y III del Código de Trabajo, y demás leyes laborales, que no tuvieren señalada una sanción especial, harán incurrir al infractor en una multa hasta de quinientos colones por cada violación.

Actualmente, la penalidad máxima que contempla el apartado de dicha normativa es de 500 colones, es decir que en la realidad actual son $57.06 lo que se impone a un empleador si vulnera las condiciones laborales de alguna persona.

Con la reforma las infracciones harán incurrir al infractor en una multa equivalente al cien por ciento del pago por cada una de las prestaciones que han sido vulneradas, sin que por ello deje de cumplirse el pago de las prestaciones laborales reguladas en la norma infringida.

Por ejemplo, si un empleador comete tres infracciones que sumen $1,000, la multa será equivalente a esa cifra, de acuerdo a la propuesta emitida y que entrará a estudio por la misma junta que la presentó.

“El Código de Trabajo está vigente desde 1972, por lo que hoy estamos claros de que debe ser actualizado, tras 50 años de vigencia”, expresó el diputado Edgardo Mulato, quien señaló que se pretende impulsar el respeto y la garantía a los derechos laborales.

“Queremos que los empleados reciban el pago de sus salarios caídos, de sus aguinaldos, de sus horas extras o de sus vacaciones como corresponden, pues por años ha ocurrido que esto no sea cancelado en su totalidad”, explicó el legislador Mulato.

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