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Comisión de Hacienda aprueba incentivos fiscales para proyectos de dragado en el Puerto de La Unión

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La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa ha emitido un dictamen favorable para aprobar un conjunto de disposiciones especiales que buscan proporcionar incentivos fiscales a proyectos relacionados con el estudio de ingeniería de equipo de dragado y su ejecución en el Puerto de La Unión.

Estas disposiciones especiales están destinadas a fomentar la participación de empresas, tanto nacionales como extranjeras, en proyectos relacionados con el estudio y ejecución de trabajos de dragado en el Puerto de La Unión a través de beneficios fiscales.

Las exenciones fiscales previstas en esta iniciativa son las siguientes:

  1. Exención total del IVA: Esto significa que no se aplicará la proporcionalidad del Crédito Fiscal en proyectos relacionados con el estudio de ingeniería de equipo de dragado y su implementación en el Puerto de La Unión.
  2. Exención total de los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI): Se otorgará una exención de impuestos y aranceles relacionados con la importación de maquinarias, equipos, herramientas, materiales y otros elementos necesarios para estos proyectos.
  3. Exención de impuestos, aranceles y gravámenes en adquisiciones y compras: Aquellos involucrados en estos proyectos estarán exentos de impuestos y tasas relacionadas con adquisiciones y compras necesarias.
  4. Exención de impuestos municipales y tasas del Centro Nacional de Registros: Estas exenciones se aplicarán cuando corresponda a los proyectos o programas.

Es importante destacar que estas exenciones no se aplicarán a bienes de consumo o uso personal de directivos, socios o personal de las empresas, ni a bienes destinados a la comercialización en el territorio nacional.

Las exenciones fiscales serán efectivas desde la firma de los contratos para la supervisión, planificación, estudios, diseño y construcción de estos proyectos hasta la recepción final de las obras o el fin de la relación contractual con el Ministerio de Obras Públicas y de Transporte.

Las personas y empresas que deseen beneficiarse de estas exenciones deberán cumplir con las obligaciones fiscales y de seguridad social, así como presentar informes sobre el uso de los incentivos fiscales de acuerdo con las directrices establecidas por el Ministerio de Hacienda.

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