Legal
Comisión de Economía aprueba aumentar plazo para devolución por defectos de funcionamiento
La Comisión de Economía emitió un dictamen favorable para reformar la Ley de Protección al Consumidor para aumentar el plazo para realizar cambios o devoluciones en productos. La normativa vigente establece un plazo de 30 días.
La reforma se realizaría en el artículo 33-A, de la Ley de Protección al Consumidor, en relación con la ejecución de garantías, con el objeto de proteger los derechos de los compradores de bienes y servicios.
Con la reforma el consumidor deberá comunicar el defecto de funcionamiento o deficiencia del servicio por cualquier medio que garantice la constancia de su recepción, siempre y cuando este dentro del plazo de vigencia y cobertura de la garantía. Corriendo por parte del proveedor los costos de transporte y devolución de los bienes hasta el lugar en que dicho bien fue entregado al consumidor al momento de la venta.
Se establece que los agentes económicos deberán llevar un registro digital y físico de los bienes adquiridos por el consumidor para que no sea necesario que presente la factura o la garantía del producto, en caso de que exista una inconformidad.
La Defensoría del Consumidor tendrá la facultad de exigir al proveedor de bienes y servicios, a solicitud del consumidor, la entrega de la factura, contrato de garantía u otro documento que ampare su derecho de compra o de garantía; si el proveedor se negare esta se tomará como una falta grave
El presidente de la Defensoría del Consumidor, Ricardo Salazar, fue recibido por la Comisión de Economía para analizar las enmiendas de la normativa.
De acuerdo al funcionario, desde junio de 2019 a octubre de 2022, la institución que representa ha atendido a 18,506 consumidores sobre el tema de garantías. De ese total, un 61.8% ha consultado sobre el respaldo de artículos del hogar y electrodomésticos; un 16.9%, sobre servicios de telecomunicaciones.
De esos más de 18 mil consultantes, un total de 4,011 pasaron a ser catalogadas como denuncias por existencia de incumplimientos a la Ley de Protección al Consumidor, siempre vinculados a garantías.