Legal
Comisión aprueba primeros ocho artículos de la Ley de Recursos Hídricos
La Comisión Ad hoc que estudia el proyecto de Ley General de Recursos Hídricos aprobó los primeros ocho artículos de la normativa que es considerada una deuda histórica para los salvadoreños.
La mesa de trabajo tomó en cuenta los aportes brindados por todos los sectores que fueron convocados en sesiones anteriores, entre ellos, iglesias, universidades, organizaciones sociales, pueblos originarios, instituciones gubernamentales, entre otros.
El artículo 1, aprobado por la instancia legislativa, incorpora elementos y peticiones de la mayoría de las entidades consultadas, principalmente sienta las bases jurídicas para eliminar cualquier posibilidad de privatización.
Acordaron incluir en el artículo 1 que «bajo ninguna condición» podrá privatizarse el agua. Además, se agregó que todos los órganos del Estado tienen la obligación y la responsabilidad de garantizar el derecho humano al agua potable y saneamiento con equidad e igualdad de género, y sin discriminación.
También incluye el principio de inclusión y no discriminación para garantizar el acceso de todos los sectores, entre ellos, mujeres y comunidades indígenas.
En el artículo 2, que contempla el objeto de la ley, se ratifica que el agua es un derecho humano y reza de la siguiente manera: «La presente ley es de orden público y tiene como objeto regular la gestión integral de las aguas, su sostenibilidad, garantizar el derecho humano al agua, la seguridad hídrica para una mejor calidad de vida de todos los habitantes del país; y promover el desarrollo humano, social y económico mediante la utilización sustentable de los recursos hídricos».
El resto de los artículos aprobados son:
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Artículo 4. Finalidad de la ley.
Artículo 5. Bien Nacional de uso Público.
Artículo 6. Dominio público hidráulico.
Artículo 7. Declaratoria de utilidad pública y de interés social.
Artículo 8 Principios generales.