Actualidad
Comienza proceso de elección del Procurador General de la República
Ayer, la Asamblea Legislativa autorizó publicar en los periódicos de circulación nacional la convocatoria para los interesados en participar en el proceso de selección del próximo Procurador General de la República. Los candidatos podrán presentar su solicitud a partir de la publicación de la convocatoria y serán recibidas hasta el 11 de febrero a las 16:00 horas.
Según lo establecido en el inciso segundo del artículo 98 del Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa “la Asamblea hará del conocimiento público el inicio del proceso de elección de los funcionarios, con el propósito de recibir las propuestas de los candidatos, las que deberán presentarse, por lo menos sesenta días antes de que concluya el período de los funcionarios en el cargo”.
La Asamblea Legislativa explica que los interesados deberán acercarse a la Recepción de Correspondencia Oficial de la Asamblea Legislativa para presentar su hoja de vida y los atestados que comprueben que la persona cumple con los requisitos para el cargo.
Como atestados indispensables para la Asamblea Legislativa, los postulantes deberán presentar constancias extendidas Fiscalía General de la República, Procuraduría General de la República, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, Investigación Profesional, Investigación Judicial de la Corte Suprema de Justicia (para aquellos que interesados que ejerzan o hayan ejercido cargos de la judicatura), Corte de Cuentas de la República (para candidatos que han ostentado cargos públicos), Tribunal Supremo Electoral (en la que conste que no tiene afiliación partidaria), Tribunal de Ética Gubernamental, Dirección de Centros Penales y solvencia extendida por el Ministerio de Hacienda para constatar que no adeudan al fisco impuesto alguno, partida de nacimiento y acuerdo de autorización de abogado y copia certificada del Documento Único de Identidad.
Para ser Procurador General, según el artículo 192 de la Constitución de la República se debe cumplir los mismos requisitos que un magistrado de Cámara de Segunda Instancia: ser salvadoreño, del estado seglar, mayor de treinta y cinco años, abogado de la República, de moralidad y competencia notorias; haber servido una Judicatura de Primera Instancia durante seis años o haber obtenido la autorización para ejercer la profesión de abogado por lo menos ocho años antes de su elección; estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de su cargo.