Economía
BCR pone en consulta pública normativa que regulará la evaluación de los activos de riesgo crediticio del sector agropecuario
El Comité de Normas del Banco Central de Reserva puso en consulta pública la normativa que regulará la evaluación y clasificación de los activos de riesgo crediticio según la calidad de los deudores del sector agropecuario y exigir la constitución de reservas mínimas de saneamiento, la consulta estará vigente hasta el 15 de enero de este año.
Los sujetos obligados al cumplimiento de la norma son los que por ley están bajo la supervisión de la Superintendencia del Sistema Financiero y otorgan créditos destinados a financiar actividades agropecuarias.
La normativa establece que para la evaluación y clasificación de los créditos agropecuarios en las categorías definidas en el artículo 16 de las presentes Normas, se hará de conformidad a las políticas internas de la entidad y al contenido de las normas
Se evaluará técnicamente la calidad de cada deudor como sujeto de crédito, especialmente su comportamiento y capacidad de pago, determinando el porcentaje del crédito que se presume podría perderse o no recuperarse considerando los antecedentes del deudor. La evaluación y clasificación de los créditos a los que hace referencia la LEFAC, se realizará de conformidad al contenido de los Anexos de las presentes Normas y a los requisitos de información establecidos en la LEFAC.
La normativa regula que las entidades bancarias deberán evaluar con una periodicidad mensual a sus cincuenta mayores deudores agropecuarios. El resto de los deudores de créditos agropecuarios deberán ser evaluados conforme a la periodicidad establecida en sus propias políticas, no debiendo ser la periodicidad de evaluación mayor a un año; no obstante, lo anterior, la entidad deberá evaluar y reclasificar a los deudores o grupos de deudores en el momento en que, a través del seguimiento respectivo, se determine deterioro en la capacidad de pago y en las condiciones financieras del deudor.