Economía

BCR pone en consulta pública normativa que regulará el otorgamiento de beneficios por sobrevivencia

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El Comité de Normas del Banco Central de Reserva puso en consulta pública las «Normas Técnicas para el Otorgamiento de Beneficios por Sobrevivencia en el Sistema de Ahorro para Pensiones».

La normativa establece los procedimientos que deben realizar las Instituciones Administradoras de Fondos de Pensiones para el otorgamiento de los beneficios por sobrevivencia y para la determinación de la condición de dependencia económica de los padres de un afiliado que fallezca a causa de enfermedad o accidente común, de conformidad con la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones.

La normativa establece que cada afiliado deberá declarar, ante la respectiva AFP, los nombres y existencia de sus eventuales beneficiarios. En el mes de junio de cada año, la AFP pondrá a disposición de cada afiliado, los formularios respectivos para la actualización de esta información a través de las agencias y los canales electrónicos que las AFP pongan al alcance de los mismos, además deberá proporcionar la asesoría necesaria para tal fin, incluyendo material de educación financiera previsional relativa al tema.

Además, se establece que en caso de que no exista o no sobreviva ninguno de los miembros del grupo familiar a que se hace referencia el inciso anterior, cuando sea la voluntad del afiliado que sus beneficiarios sean personas de otro grado de parentesco o que no tengan ninguno respecto de él, tendrán derecho a pensión de sobrevivencia aquellos beneficiarios que tengan o no parentesco, que dependan o no económicamente y hayan sido designados como tal previamente por el afiliado que fallezca por cualquier enfermedad o accidente común, según lo establecido en el artículo 106 de la Ley SAP.

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