Economía

BCR emite aclaración de lineamientos para devolución de ahorros a salvadoreños en el extranjero

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El Comité de Normas del Banco Central de Reserva emitió una aclaración sobre los requisitos establecidos para que afiliados salvadoreños residentes en el extranjero y con estatus migratorio regular permanente, puedan solicitar la devolución del saldo de su cuenta individual de ahorro para pensiones.

La aclaración incluye los pasos a seguir para obtener la acreditación diplomática que compruebe el estatus migratorio regular permanente y residencia en el extranjero permanente, los cuales son:

a) Presentar a la Representación Diplomática y/o Consular en el país que corresponda, la documentación que compruebe su estatus migratorio regular permanente en el país extranjero y además la documentación que compruebe que reside en el país de que se trate, las cuales deben haber sido expedidas por las autoridades correspondientes, de acuerdo con la legislación de dicho país. Así también deberán completar un formulario dispuesto en las Representaciones Diplomáticas y/o Consulares que El Salvador mantiene en los distintos países.

b) La documentación anterior será certificada por las Representaciones Diplomáticas y/o Consulares, quienes remitirán a las Instituciones Administradoras de Fondos de Pensiones, para su conocimiento, un listado de las personas que han realizado este trámite, adjuntando copia tanto del formulario mencionado en el numeral anterior como de la documentación presentada por el solicitante, y será remitida al correo electrónico que cada AFP habilite para tal efecto. En todo caso, corresponde al afiliado continuar con el proceso de devolución de saldo ante la AFP a la cual pertenece.

c) En caso de que el afiliado resida en un país donde El Salvador no cuenta con Representación Diplomática y/o Consular, o para acceder a ella deba incurrir en gastos excesivos de traslado y estadía, la documentación podrá certificarse por un tercero legalmente autorizado para tales efectos, y posteriormente deberá seguirse el proceso de legalización y traducción al castellano de los documentos emitidos en el extranjero a que se refiere la Ley Especial de Migración y Extranjería y la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias.

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