Legal
Banco Nacional de Datos ADN iniciaría funciones en junio
La imprenta nacional anunció que el Diario Oficial de fecha 26 de abril fue publicado el 3 de mayo, dicho ejemplar contiene la la Ley del Banco Nacional de Datos ADN, según el documento aprobado la normativa entrará en vigencia treinta días después de publicación en el diario oficial.
La normativa crea un Banco Nacional de Datos ADN, en el cual se sistematizará y almacenará la información genética que se obtenga y genere de conformidad con los casos estipulados en la normativa.
El Banco permitirá crear una base con perfiles genéticos que se convertirá en una herramienta científica para investigar y encontrar a los autores de hechos criminales, al mismo tiempo, se estará dotando a las autoridades de un instrumento para cotejar información en el cometimiento de un delito.
El Banco contendrá información confidencial y estará conformado por bases de datos de condenados, imputados, detenidos, de evidencias y antecedentes, de víctimas, de desaparecidos y sus familiares, de aportadores voluntarios, del personal involucrado en la toma y procesamiento de ADN y de otras bases.
Esta entidad será dirigida por un Consejo Administrador que será integrado por un delegado del Fiscal General de la República (FGR), un miembro de la División de Policía Técnico-Científica de la Policía Nacional Civil (PNC) y un miembro del Instituto de Medicina Legal (IML), el cual tendrá como objetivo establecer los parámetros y protocolos para la recolección, tratamiento, utilización y conservación de los datos genéticos.
Asimismo, la ley establece sanciones de 20 salarios mínimos mensuales para quienes permitan el acceso a la base de datos a personas no autorizadas, o que divulguen la misma o la usen indebidamente. La ley entrará en vigencia treinta días después de su publicación en el diario oficial