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Audiencia de seguimiento por inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía se realizará el 30 de octubre

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La Sala de lo Constitucional emitió resolución de seguimiento del proceso de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz, en la resolución reprograma para el 30 de Octubre una audiencia oral y pública de seguimiento a la Ley Especial de Justicia Transicional, Reparación y Reconciliación Nacional.

Para la audiencia está citado el Presidente de la Asamblea Legislativa, el Presidente de la República, los demandantes en cada uno de los procesos acumulados, los abogados del IDHUCA que fueron admitidos en carácter de amigos del tribunal, el Ministro de Hacienda, el Fiscal General de la República, el Ministro de la Defensa Nacional y el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos

La Asamblea Legislativa deberá justificar por qué el decreto legislativo que contiene la «Ley Especial de Justicia Transicional, Reparación y Reconciliación Nacional» cumple con los elementos básicos de justicia transicional o, en su defecto, por qué hasta esta fecha no ha superado el veto.

Por su parte, el Presidente de la República deberá exponer las razones jurídicas por las cuales considera que el decreto legislativo en referencia no satisface las exigencias que la Constitución, la jurisprudencia constitucional y la jurisprudencia interamericana imponen en esta materia y qué políticas públicas ha implementado de manera concreta.

Y por último, los demandantes, los amigos del tribunal, el director del IDHUCA, el Fiscal General de la República y el Procurador para la Defensa de Derechos Humanos deberán expresar su posición sobre la constitucionalidad del Decreto Legislativo n° 575″.

Esta audiencia estaba originalmente programada para el 15 de abril de 2020 pero no pudo desarrollarse debido a la pandemia. La Sala dijo negará la entrada de toda persona que no sea parte en el presente proceso, pero esta será transmitida por medio de las plataformas virtuales institucionales.

Sobre la etapa actual de la ejecución de la sentencia de inconstitucional, la Sala de lo Constitución considera que existe un incumplimiento por parte de la Asamblea Legislativa y del Órgano Ejecutivo.

«El primero (Asamblea) no había promulgado una nueva ley de reconciliación nacional y de asistencia a víctimas que tuviere en cuenta sus derechos y todas aquellas medidas que estuvieren relacionadas con la conservación y fomento de la memoria histórica; mientras que el segundo (Ejecutivo) no había diseñado ni ejecutado un programa integral de reparación material y simbólica enfocado en todas las víctimas del conflicto armado, más allá de esfuerzos aislados derivados de compromisos internacionales del Estado salvadoreño; ni había realizado gestiones para incorporar una partida para tal fin en los diversos ejercicios presupuestarios que han tenido lugar luego de haberse pronunciado la sentencia definitiva», sostiene la resolución.

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