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Asamblea Legislativa elimina control en las reservas de liquidez

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La Asamblea Legislativa derogó artículo 18 de la Ley del Presupuesto General del Estado para el Ejercicio Fiscal 2021, en el sentido de eliminar el control de la Asamblea Legislativa sobre la reserva de liquidez que establezca la Superintendencia del Sistema Financiero.

La medida fue una solicitud de Presidencia, este justificó la medida al señala que promoverá procesos de emisión de normativas eficientes y dotará a las autoridades financieras de la agilidad necesaria en cuanto a la toma de decisiones sobre el establecimiento de coeficientes de reserva de liquidez del Sistema Financiero.

El artículo 18 establecía que la reserva de liquidez que establezca la Superintendencia del Sistema Financiero, conforme a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley de Bancos, deberá ser autorizada por la Asamblea Legislativa.

Según la iniciativa, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 99 de la Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero y según lo establecido en el artículo 45 de la Ley de Bancos, corresponde al Banco Central de Reserva de El Salvador, a través del Comité de Normas, determinar los márgenes de reserva de liquidez considerando parámetros técnicos y la perspectiva del Sistema Financiero.

En virtud de lo anterior, Presidencia consideró que el artículo 18 de la Ley de Presupuesto limita al Banco Central de Reserva de contar con la agilidad de responder ante un momento de crisis provocada por la falta de liquidez del Sistema Financiero;

Se explicó que desde el 2011 era el BCR quien tenía esa facultad. Sin embargo, en diciembre pasado, la anterior legislatura hizo una reforma para darle a los diputados esta facultad.

Se agrega que conforme a los artículos 131, ordinal 8°. y 127 de la Constitución de la República, la Ley de Presupuesto General del Estado que se decreta para cada ejercicio financiero fiscal, tiene como propósito normar el presupuesto de ingresos y egresos de las instituciones de la Administración Pública, excepto las de crédito; por lo que se sostiene que el contenido del artículo 18 de esa Ley, se encuentra fuera del ámbito normativo de su aplicación.

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