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Asamblea aprueba nuevas medidas de control sanitario y cuarentena
La Asamblea Legislativa emitió la Ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por COVID-19, ley que regula las condiciones, el tiempo y forma del cumplimiento de cuarentena, vigilancia u observación de las personas sujetas a dichas medidas de control.
La ley declara todo el territorio nacional como zona epidémica sujeta a control sanitario, por lo cual toda la población deberá mantenerse en resguardo domiciliar, y solo podrá salir de su vivienda o residencia, en los casos autorizados.
Según la ley, el Ministerio de Salud tendrá la facultar de autorizar a laboratorios privados para realizar pruebas del COVID-19, de la misma forma autorizar a hospitales y clínicas privadas a efecto de poder atender e internar a pacientes del COVID-19.
Se regula que serán sujetas de cuarentena todas las personas que cumplan con la definición de caso sospechoso, que hayan estado expuestas a contagio. Así también, toda persona proveniente del extranjero que ingrese al país, mientras dure la emergencia sanitaria nacional dictada por la autoridad de salud.
Según el decreto se considera como causa justificada para salir de la cuarentena domiciliar las siguiente:
- Aquellas personas cuya necesidad sea la adquisición de alimentos y bebidas, productos farmacéuticos, tratamientos médicos, urgente asistencia a mascotas y otros que por emergencia deban acudir a un centro asistencial, mercados o supermercados para abastecimientos de alimentos y artículos de primera necesidad.
- Personas cuyo objeto sea la asistencia y cuidado a niños, niñas, adultos mayores, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, por enfermedades crónicas que deban desplazarse a un lugar por emergencia o atención médica periódica, inclusive si estas personas tuvieren que desplazarse a un centro hospitalario o clínica.
- El personal que labora para los medios de comunicación y prensa, en todos sus ámbitos de actuación, quienes para efectos de acreditar su calidad deberán portar únicamente su respectivo carné, en aras de garantizar el derecho de la ciudadanía a estar debidamente informada, así como el pleno ejercicio del derecho a la información y libre expresión.
- Sector agropecuario y trabajadores independientes del mismo sector.
- Sector financiero, AFP, INPEP y Seguros.
- Servicios de seguridad privada y personal técnico de mantenimiento que atiende servicios básicos como energía eléctrica, agua, telefonía e internet.
- Actividades de salud, alimentos, bebidas y agua embotellada, incluyendo sus cadenas de producción, acopio, almacenaje, abastecimiento y distribución, así como las actividades comerciales e industriales, relativas a servicios y productos que se consideren esenciales, por el Ministerio de Salud, para la atención de esta emergencia.
Según lo aprobado la cuarentena controlada tendrá un plazo de hasta quince días, pero podrá ser ampliada por el tiempo que determine la autoridad de salud con posterioridad a una evaluación médica.
Ante el incumplimiento de las disposiciones administrativas y sanitarias ordenadas por el Órgano Ejecutivo, será objeto de la aplicación de las medidas sancionatorias que autoriza el Código de Salud vigente.