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Asamblea aprueba Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

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Este día, la Asamblea Legislativa aprobó con 66 votos la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Oscar Armando Pineda Navas, en compañía de las magistradas y magistrado que integran la Sala de lo Contencioso Administrativo: Dafne Sánchez (presidenta), Elsy Dueñas de Avilés, Paula Patricia Velásquez y Sergio Luis Rivera Márquez, visitaron el pleno para presenciar la aprobación de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, lo que significaría la creación de nuevos Tribunales Contenciosos Administrativos.

El 23 de noviembre del 2016 mediante acuerdo de Junta Directiva número 1905 se dio por iniciado la fase consultiva de la presente ley con la creación de la Comisión Ad-Hoc, fase que finalizó este 16 de marzo de 2017. La comisión trabajó conjuntamente con el equipo técnico de la Corte Suprema de Justicia, liderado por la presidenta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, la Dra. Sánchez.

La Comisión Ad-Hoc creada para estudiar la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y la creación de los Tribunales Contencioso Administrativos fue presidida por el diputado Francisco Merino (PCN); el diputado René Portillo Cuadra (ARENA), fungió como secretario; el diputado Jaime Valdez (FMLN), como relator; y como vocales, los diputados Mario Tenorio (GANA) y Rodolfo Parker (PDC).

La nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa amplía y actualiza la actual y busca acercar y agilizar los procesos administrativos a los ciudadanos. También las audiencias entre particulares y la administración pública, serán orales y públicos.

La nueva ley entrará en vigencia el 31 de enero de 2018, esperando para este tiempo contar con los jueces y magistrados que se desempeñarán en los nuevos tribunales.

Además, la Sala de lo Contencioso Administrativo ampliará su competencia ya que tendrá actuación material de la administración pública, inactividad de esta y actos de entidades concesionarias del Estado. Permitirá la impugnación de todos los actos administrativos, ya sea en la etapa previa a un contrato, como en su ejecución y extinción.

Consulte la nueva Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo:

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