Legal
Asamblea aprueba disminuir plazo para la entrada en vigencia de la Ley de Navegación
La Asamblea Legislativa aprobó disminuir el plazo de vacatio legis que tenía la nueva Ley de Navegación, esto ante la observación enviada por Presidencia en la sesión plenaria pasada.
Presidencia emitió un decreto señalando que el artículo 228 de la Ley de Navegación contempla establece que el periodo de vacatio legis será de noventa días a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Sin embargo, el artículo 224 establece que existirá un período de tres meses durante los cuales se llevarán a cabo los procedimientos financieros y administrativos relacionados con la disolución de la Autoridad Marítima Portuaria, entidad que en la actualidad ejerce las funciones que asumirá la Marina Nacional, a partir de la entrada en vigencia de la Ley de Navegación.
Presidencia señala que el Ministerio de la Defensa Nacional ha considerado que, debido a que el referido artículo 224 ya establece un periodo destinado a la realización de los procedimientos antes comentados, ello haría innecesario contemplar un plazo previo a que inicie el ámbito temporal de validez de la Ley que nos ocupa.
En tal sentido, estima recomendable que el periodo de vacatio legis previsto en el artículo 228 del Decreto Legislativo No. 691, se establezca en ocho días.
La nueva Ley de Navegación, aprobada por la Asamblea Legislativa, tiene como propósito regular y proteger los intereses marítimos de El Salvador, así como preservar el medio ambiente acuático.
La ley crea la Marina Nacional, que será la autoridad encargada de supervisar, controlar y defender el territorio marítimo y las aguas continentales del país. La ley también establece el Registro de Naves, el Servicio de Guardacostas y las sanciones para quienes cometan infracciones o delitos en el mar.