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Aprueban retiro voluntario para jubilados del Órgano Ejecutivo

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La Comisión de Hacienda aprobó crear la Ley Transitoria de Compensación Económica por Retiro Voluntario de Servidores Públicos Jubilados o Pensionados del Órgano Ejecutivo, Entidades Descentralizadas No Empresariales y Entidades Autónomas.

La finalidad de esta ley es garantizar que los empleados de dichas instituciones reciban una compensación económica al renunciar voluntariamente a sus puestos, ya sea por Ley de Salarios o por Contrato, siempre y cuando sean empleados jubilados o pensionados.

Esto abarca únicamente al personal que trabaja en el Órgano Ejecutivo, en las entidades descentralizadas no empresariales y en autónomas. No incluye al sector financiero, como la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), el Fondo Social para la Vivienda, Banco de Desarrollo de El Salvador (BANDESAL), Banco de Fomento Agropecuario (BFA).

La normativa establece una fórmula similar a la de otras leyes aprobadas por la Asamblea durante esta legislatura, en la cual se pagará un salario por cada año trabajado, basado en el último salario recibido, con un límite máximo de $25,000.

Cada institución será responsable de gestionar los fondos con el Ministerio de Hacienda para realizar los pagos correspondientes a aquellos empleados que se acojan a la ley. Estos pagos se realizarán en dos cuotas dentro de un plazo máximo de 30 días. Además, las vacantes dejadas por las personas que se acojan a este beneficio solo podrán ser ocupadas con la aprobación del Ministerio de Hacienda.

En el caso de las entidades autónomas, serán las propias instituciones las encargadas de financiar con sus propios recursos las indemnizaciones correspondientes si los empleados jubilados o pensionados aceptan retirarse voluntariamente, según se establece en el artículo 10 de la ley.

La duración de esta ley será de seis meses a partir de su entrada en vigencia.

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